tarjeta empresa despido
El uso de esta tarjeta de la compañía supuso un quebrantamiento de la buena fe contractual, justificándose el despido. Foto: Confilegal

Usar la tarjeta de comidas de la empresa durante vacaciones o bajas médicas puede provocar el despido disciplinario

12 / 12 / 2024 00:45

Actualizado el 12 / 12 / 2024 01:01

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha confirmado el despido procedente del trabajador. Ello, después de que éste utilizase la tarjeta de la empresa durante una baja médica. Un gasto de 64,30 euros que ha supuesto, según el tribunal, una vulneración del deber de probidad y de la buena fe contractual del trabajador con la empresa, desestimando así el recurso del empleado despedido.

Muchos puestos de trabajo gozan, además de unas buenas condiciones laborales, de algunos «extra» importantes para los trabajadores. Entre ellos, la tarjeta de comida de empresa. Un pequeño «plus» que, sin embargo, ha supuesto el despido de un trabajador. Ello, a pesar de encontrarse de baja médica.

Luis María (nombre ficticio) trabajaba como especialista en Securitas Direct España S.A. desde febrero de 2019. Un puesto de trabajo indefinido en el que la empresa le entregaba una tarjeta de crédito «Sodexo».

Tarjeta destinada, tal y como explicaba al trabajador la propia compañía, «para el resarcimiento de los gastos de manutención asociados al ejercicio de su actividad profesional».

«En el momento de la entrega, el actor firmó un documento en el que se le informaba de las condiciones de uso», destaca ahora la sentencia del TSJCat. Condiciones entre las que se encontraba que la tarjeta «sólo podría ser utilizada en días laborales y durante la jornada laboral. Por ello, no podría ser utilizada en ningún caso durante las vacaciones. O durante cualquier otro permiso retribuido o suspensión de la relación laboral. Por ejemplo, bajas médicas».

Unas condiciones firmadas que, sin embargo, el trabajador incumplía del 2 al 9 de junio de 2023 hasta en seis ocasiones, con un consumo total de cerca de 64 euros.

Despedido por el uso de la tarjeta durante la baja

Así pues, a finales de mayo de 2023, el trabajador padecía un accidente de trabajo. Y con ello, iniciaba el proceso de incapacidad temporal el 2 de junio de ese mismo año. Ello, «con un diagnóstico de tenosinovitis y sinovitis». Sin embargo, en los días posteriores a la baja, el empleado utilizó la tarjeta en seis ocasiones.

Ante ello, la empresa advirtió al trabajador de la vulneración de las normas de la compañía. Y, poco después, le informó de su despido.

Finalización del contrato que Luis María llevaba ante el Juzgado de lo Social nº8 de Barcelona que, en su sentencia de 17 de enero de 2024, confirmaba la procedencia del despido, rechazando las pretensiones del trabajador, que acudía ante el TSJCat en recurso de suplicación.

Recurso en el que Luis María solicitó «nulidad del despido por discriminación por enfermedad derivada de accidente. Una compensación de 25.000 euros por daños y perjuicios. Y la improcedencia del despido por desproporción», explica Francisco Trujillo, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Jaume I y «Of Counsel» de LABOREA Abogados, que ha dado a conocer la sentencia.

Alegaciones que eran desestimadas por la sala de lo Social del TSJCat, bajo la ponencia de Emilio García Olles.

«El uso en repetidas ocasiones, estando de baja médica, de una tarjeta facilitada por la empresa […] constituye una manifiesta vulneración del deber de probidad del empleado y, por ello, un quebranto de la buena fe», establece el tribunal. Algo por lo que el TSJCat establece que «la sanción de despido es adecuada y proporcionada, y la calificación de procedencia, correcta».

Sentencia que muestra que el uso de esta tarjeta no estaba ajustado lícitamente. Y, aunque el gasto fuese de 60 euros, el quebranto de la buena fe contractual justifica el despido.

Noticias relacionadas:

«Las bajas largas seguirán el mismo camino»: el aviso de una empresa por WhatsApp convierte el despido en nulo

Perder la movilidad del pulgar en un accidente laboral no es suficiente para la incapacidad permanente

El castellano no puede ser excluido de la rotulación de los colegios públicos catalanes, según el Supremo

EL TSJCat condena a una empresa que castigó «dos veces» al empleado: le quitó el salario y le despidió

El Supremo pone límites a la Inspección de Trabajo: sus conclusiones no son palabra de juez

Dejó el ordenador encendido durante el teletrabajo y demandó a su empresa por 309 horas extra

Lo último en Tribunales

Junta electoral central

Cuatro vocales de la Junta Electoral Central acusan a la mayoría de inacción ante el crecimiento del censo por la «ley de nietos»

santos cerdán

La UCO atribuye a Santos Cerdán 18.261 euros en ingresos en efectivo de origen desconocido

TOÑO SANCHÍS Y BELÉN ESTEBAN

475.571 euros: el TSJM confirma la condena a Toño Sanchís por el expolio a Belén Esteban

Mercedes González

Mercedes González asegura ante la Audiencia Nacional sentirse «víctima» de Santos Cerdán

negligencia médica mala praxis indemnización quemadura barriga

6.000 euros de indemnización por mala praxis: olvidaron una gasa quirúrgica que le provocó una infección vaginal y pérdida auditiva