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Opinión | Reflexiones sobre la Ley Orgánica de Responsabilidad del Menor en su 25 aniversario
14/12/2024 05:36
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Actualizado: 13/12/2024 23:57
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Estando como director en funciones y psicólogo del Centro Piloto Nacional de Menores Manuel Bartolomé de Cosío en Cuenca perteneciente al Ministerio de Justicia. Recibimos a un menor que había clavado un destornillador en 17 ocasiones a un guardia jurado del Hotel Claridge de Madrid.
No es menester explicitar detalles, pero sí dejar constancia de que de manera impactante vi con mis propios ojos lo que es el gran incesto, es decir la relación sexual completa de un hijo con su madre.
El final una vez abandonado el centro fue terrible, un accidente lo dejó parapléjico. Nunca he percibido tanto odio a la sociedad, tal dureza emocional, tal dolor profundo.
Continuaré por un caso bien distinto, era un chico del Levante español lleno de pecas y que la primera vez por la que compareció en los entonces Tribunales Titulares de Menores fue por haber robado leche materna para su hermana pequeña.
Un buen chico. Clarísimamente del ámbito de protección. Me dijo un día: “Sr. Urra, por favor cierre bien el bolsillo interior de su chaqueta con la billetera dentro y choque conmigo verá que la hago desaparecer”.
Le argumenté que no me parecía educativo, pero en el fondo era tan buen chico y quería demostrarme sus habilidades, que acepté. Ni que decir tiene que visto y no visto se hizo con una cartera, que estaba perfectamente guardada en un bolsillo interior dentro de una chaqueta abotonada. Si se me permite la expresión y no se me interpreta mal, era un artista.
Y que decir tiene del gran lagarto que así se denominaba porque “parto y reparto” era el menor de una banda de adultos, pero era el líder, robaban en la Moraleja en chalets con todas las medidas de seguridad imaginables. Era su decisión de vida.
Trabajar con menores que han cometido delitos genera al fondo del alma una cierta disociación pues la razón te muestra lo inaceptable de sus conductas y el derecho que tienen, sí, repito, el derecho que tienen a ser duramente e inmediatamente sancionados. Pero por otro lado uno ve a unas niñas o niños que se hacen los duros, que son matones, pero no se olvide son niños.
Claro que es esencial no olvidar tampoco y en primer lugar a las víctimas, estar juntos a ellas, entender su sufrimiento y priorizar siempre, siempre a la víctima, sin ella no hay justicia.
Muchos, muchos casos citaré, aquí la de un grupo de chavales de una localidad muy próxima a Madrid, en una noche de alcohol destrozaron un cementerio, pusieron las cruces invertidas, y menos mal que la detención de la Guardia Civil les protegió de las lógicas iras de la ciudadanía. A veces en los adolescentes hay mucho de imbecilidad grupal.
En otros casos la psicopatía y la psicosis se confunden, por ejemplo de una niña que le clavó una tijera a su tía “pero no mucho”. Esta es una labor de un verdadero experto en psicología forense, cuanto hay de ficticio, cuando hay de facticio, cuanto de ser asocial, cuanto de enfermedad o trastorno difícil de delimitar.
Y que decir de aquel niño que denunciado cuando, digo no había entrado en vigor la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor 5/2000 y contando con 8 años habiendo sido señalado como violador, me dijo a la cara: “es puta”.
Me desplacé a su barrio periférico y comprobé que era la denominación que todos los niños de esas edades daban a una niña.
A VECES LOS ENTORNOS SON LA CAUSA
Miren, la responsabilidad es siempre individual, pero a veces los entornos, las fallas educativas, son la causa, la etiología de conductas aberrantes.
Déjenme que les recuerde cuando al ir a entrevistar a un chaval muy complejo su abogado me dijo que quería estar en la entrevista. Le miré a los ojos y le dije plantearía esto a un ginecólogo. Mi entrevista iba a ser mucho más íntima.
Un domingo de guardia trajeron a mi presencia a un joven bañado en sangre. Le entrevisté mientras la madre fuera lloraba con un sufrimiento insondable. Había matado con su propia mano a otro joven de una banda contraria, en la calle Orense de Madrid. Era su hermano.
Los casos son siempre atractivos porque tienen la fuerza de la realidad y porque no se olvidan, pero hay que despegar de ellos para obtener teorías validas que expliquen los hechos y posibiliten prevenirlos.
Hemos visto al chaval que empujó a otro delante del metro, porque le había quitado un patín. Y nos hemos quedado con un profundo desagrado al saber del que disparó la pistola reglamentaria de su padre policía dejando tuerto a otro chico que además tuvo perdida importante de masa encefálica.
Desde la convicción de que no fue un accidente, desde la comprobación durante la entrevista y las pruebas realizadas, pero no siempre lo cierto y verdad puede demostrarse en un juicio.
Decir aquí, dejar constancia que en los Juzgados de Menores se trabaja con seriedad en cada caso y ahí esta el juez, el fiscal, los abogados, los miembros de los equipos técnicos, las Fuerzas de Seguridad, con una característica muy especial, todos ellos han elegido vocacionalmente trabajar con menores, desde una normativa, inserta en directrices de instrumentos internacionales.
Me duele, me hace sufrir cuando en los medios de comunicación se transmiten banalidades, cuando no se conoce la realidad, cuando se genera una equívoca opinión que confunde menor con inimputabilidad.
25 años y la Ley no se ha modificado. ¿Alguien cree que si fuera fácil cambiarla no se hubiera llevado a cabo?
La Ley es penal, es educativa, es orgánica. Y los ciudadanos deben plantearse si es justa, piense si su hijo es la víctima, pero piense también si su hijo es el agresor.
Una vez un grupo de chicos y en una noche destrozó muchos elementos de un pueblo. Fui como siempre valiente, los reuní junto con sus padres en el frontón y se concluyó durante varios fines de semana la limpieza y el arreglo de dicho pueblo. Los ciudadanos lo agradecieron, lo entendieron, lo aplaudieron.
Un día exploré a un joven que golpeó con un cuchillo jamonero a un jardinero. Le había llamado subnormal y él era un chico con verdadera discapacidad mental. Lo probé en el juicio, lo demostré era inimputable, sí, era irresponsable. Y es que ser consciente no es suficiente. En la exploración que le hice como psicólogo forense por oposición del Ministerio de Justicia les dije a mis compañeras atentas y en un momento determinado de la entrevista le espeté, tú eres un subnormal, se levantó y sin darme tiempo a reaccionar me rompió una regla que yo antes había dejado en la mesa en mi cabeza.
APORTACIONES PARA EL PRESENTE Y FUTURO DE LA L.O.R.P.M.
1.- Debe primar la consideración de las características y circunstancias específicas de cada menor.
2.- La conformidad es una opción que debe desarrollarse evitando en algunos casos el desarrollo de un juicio formal.
3.-. En base a la futura Directiva de protección a las víctimas el Estado español debe acordar una financiación suficiente para ofertar a las víctimas de los delitos, especialmente cuando estas son menores.
4.- La LORPM y desde su publicación ha sufrido algunas modificaciones en la línea de endurecer la respuesta a los delitos más graves, sin embargo continúa posibilitando múltiples soluciones que permiten que la misma siga presentando un marcado contenido educativo con un amplio abanico de alternativas.
5.- Se debate reducir la edad penal, lo cual es comprensible desde la perspectiva de la ciudadanía que exige respuestas a la criminalidad juvenil. Mantenemos la necesidad de diferenciar menores de adultos pues los adolescentes y jóvenes no han alcanzado una capacidad cognitiva y emocional que más allá de la consciencia y la imputabilidad les dote de la total responsabilidad de juicio y toma de decisiones.
Hemos de acertar en el equilibrio entre lo que es protección y lo que es punición.
LA EDUCACIÓN Y LA REHABILITACIÓN SON LA CLAVE
En la elaboración del sistema penal juvenil buscamos recuperar a los menores infractores. Siendo que la educación y la rehabilitación son más efectivas para reducir la reincidencia que las penas estrictamente punitivas.
• Somos favorables a adoptar enfoques de justicia reparativa involucrando tanto a la víctima como al infractor en el proceso de resolución y ampliar esta posibilidad al grupo 12-14 años.
• Cuando asesoramos al legislador subrayamos la importancia del resarcimiento y la indemnización de las víctimas y/o perjudicados. Habría que realizar algunas reformas para alcanzar un grado de coherencia y previsibilidad que exigen los principios de igualdad y seguridad jurídica tanto cuando a quien se refieren sean los progenitores como centros guardadores y CC.AA.
• Me preocupan personalmente los casos de agresiones y abusos sexuales que llevan a efecto menores, ya sean sobre otros jóvenes o adultos, pues desde la experiencia apreciamos un alto índice de reincidencia, y que si bien no determina sí debe tenerse muy en cuenta en favor de posibles víctimas en el día de mañana. Pese a ser controvertido, aplaudimos el Registro Central de Delincuentes. Sexuales y de Trata de Seres Humanos (Ley 26/2015). El Real Decreto 407/2024 Afirma: “La finalidad del Registro es contribuir a la protección de las personas menores de edad contra la explotación y las agresiones sexuales, con independencia de quien sea el autor del delito…”.
• Minimizar la criminalidad y la peligrosidad del infractor exige no solo tener en cuenta el delito cometido, sino atender a los factores psicosociales que han incidido en la comisión del delito.
• Una forma de salvaguardar los intereses de las víctimas, evitando que tengan que realizar dos pruebas preconstituidas, una en la jurisdicción de menores y otra en la jurisdicción de adultos en los casos de concurrencia de menores y mayores, conlleva reformar los artículos 449 y ss. De la L.E.Crim, para regular una única prueba preconstituida.
• El interrogatorio del menor víctima lo debe de dirigir un psicólogo. En la prueba preconstituida la forma más utilizada es la Cámara Gesell. Debe asegurarse el principio de contradicción, citando a todas las partes. El juez de Menores debe limitar su intervención a solicitar alguna pregunta aclaratoria a la víctima.
• Debe valorarse con buen criterio si el menor víctima debe declarar en el juicio. Buscamos evitar la victimización secundaria, pero en ocasiones le viene bien dejar constancia en la Sala, de quién es el agresor, desterrar públicamente erróneos sentimientos de culpabilidad por la larga sombra de la connivencia.
• Para que el diseño de intervención sea ajustado a las necesidades criminógenas hay que combinar el uso de instrumentos diseñados específicamente para la evaluación de violencia filio-parental; violencia de pareja; violencia sexual, junto a herramientas de valoración de dureza emocional (psicopatía) en menores.
• No se dude, si la conducta delictiva es violenta y grave se beneficiará de un tratamiento realmente intensivo, y de larga duración, en un Centro de Reforma que garantiza la continuidad de dicho tratamiento, y posibilita su asunción.
• Resulta exigible que las evaluaciones de salud mental de menores infractores sean efectuadas por profesionales acreditados formativamente y con experiencia en los ámbitos clínicos y forenses. Serán ellos los que utilicen instrumentos validados y estandarizados, garantizando su precisión y relevancia.
• La relación entre psicopatología y delincuencia juvenil, está bien documentada. La comorbilidad de estos trastornos aumenta el riesgo, por lo que precisamos diseñar estrategias de prevención e intervención integrales.
• Apreciamos que los Centros de Justicia Juvenil y en gran medida son cada vez más terapéuticos, con el coste que una correcta dotación de clínicos conlleva.
• Nuestra normativa es de carácter formalmente penal, siendo su esencia educativa, con un fin, cual es el de reinserción de los menores que han quebrantado la ley.
• En cuanto al significado criminológico de las bandas juveniles, y desde 2015, se ha consolidado la línea jurisprudencial que las califica como verdaderas organizaciones criminales, esta circunstancia agravatoria abre el camino para la imposición de la medida de internamiento en régimen cerrado. Bueno será especificar y explicitar su regulación.
• Hemos apreciado autoadoctrinamiento y autocapacitación terrorista, mediante radicalización online en los postulados de un equívoco islamismo. Somos conscientes de la gran y difícil labor de los agentes policiales que actúan como agentes informáticos encubiertos, hablamos de un acto protopreparatorio que prioriza la prevención, el rápido descubrimiento, para que desde una atención por parte de psicólogos y especializados se busque desprogramar a quienes se radicalizan fanáticamente, habiendo sido abducidos en muchas ocasiones en zonas marginales, conflictivas, deprimidas.
• Tomando como referente casos realmente deleznables, graves, insoportables, la presión mediática se manifiesta de manera potente, propiciando la búsqueda de una sanción ejemplar.
• El Ministerio Fiscal es el garante de la defensa de la privacidad del menor ante los medios de comunicación. El Tribunal Constitucional avala esta protección reforzada.- “Límite infranqueable al ejercicio del derecho a comunicar libremente información veraz”.
• El sistema de justicia de menores se caracteriza por su flexibilidad, lo que le dota positivamente para dar respuesta a la violencia de género en la pareja, a lo que se añade y desde 2006, la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o con familiares u otras personas que determine el Juez o el Tribunal. Ulteriormente se ha añadido la obligación de educación para la igualdad.
• Con respecto a la violencia Filio-Parental, los menores que cometen delitos presentan más dificultades sociocognitivas y emocionales, que los que se implican en otros delitos. Se aprecia un continuo en los casos de V.F.P. de menor a mayor gravedad.
• La L.O.R.P.M. 5/2000 no tiene que ser sustituida, pues se va adecuando a los cambios de una sociedad que debe comprometerse en la correcta forma de conducirse como ciudadanos, y de educar a sus niños, siendo esta la verdadera.- Prevención.
Sí, sigamos trabajando desde el compromiso, la especialización, la sensibilidad.
Con el agradecimiento al equipo clínico y educativo de RECURRA GINSO; a la Universidad Complutense de Madrid; y a la Academia de Psicología de España; donde he podido debatir estas reflexiones.
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