La reforma confiere a los jueces de violencia de género la competencia sobre todos los delitos sexuales contra la mujer
Estos jueces instruirán agresiones sexuales, abusos, acoso sexual, mutilación genital femenina y matrimonios forzados, entre otros. Foto: EP.

La reforma confiere a los jueces de violencia de género la competencia sobre todos los delitos sexuales contra la mujer

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28/12/2024 00:35
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Actualizado: 29/12/2024 13:24
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Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que en la actualidad son competentes en los delitos relacionados con la violencia de género, asumirán también la competencia sobre todos los delitos contra la libertad sexual cuando la víctima sea una mujer.

De esta manera, estos magistrados especializados, cuando la estructura actual de juzgados unipersonales se haya transformado en Tribunales de Instancia, instruirán delitos como agresiones sexuales, abusos, acoso sexual, mutilación genital femenina y matrimonios forzados, entre otros. Esta competencia ha sido, hasta ahora, de los jueces de instrucción.

Casos futuros similares a la denuncia de la actriz Elisa Mouliaá contra el político Íñigo Errejón, serán instruidos por estos jueces de violencia sobre la mujer.

Este enfoque especializado busca garantizar una atención integral y sensible a las víctimas, así como una respuesta judicial más eficiente y adaptada a la gravedad de estos casos, concentrando en un mismo órgano especializado los casos relacionados con este tipo de violencias, siguiendo el mandato de la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.

La competencia queda establecida en la reforma del artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial contenida en el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados del 19 de noviembre pasado.

EN VIGOR ENTRE EL 1 DE JULIO Y EL 1 DE DICIEMBRE DE 2025

Los Tribunales de Instancia, que entrarán en vigor entre el 1 de julio y el 1 de diciembre de 2025, se configurarán como órganos colegiados, integrando diferentes secciones especializadas en áreas como violencia sobre la mujer, violencia contra la infancia, derecho mercantil, y otras ramas del derecho.

Estas secciones estarán diseñadas para abordar con mayor eficacia la creciente complejidad de los litigios y reducir las desigualdades en la carga de trabajo entre los órganos judiciales.

En el caso de la violencia sobre la mujer, se contempla la creación de secciones específicas dentro de los Tribunales de Instancia, lo que permitirá unificar criterios y mejorar la calidad de las resoluciones judiciales.

La especialización de los jueces y magistrados que integren estas secciones será un requisito fundamental para garantizar una atención adecuada a las víctimas.

La creación de los Tribunales de Instancia y la reestructuración de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer forman parte de una reforma más amplia que busca modernizar la administración de justicia mediante la incorporación de tecnologías y estructuras organizativas más eficientes; garantizar la especialización de los órganos judiciales en áreas clave, mejorando la atención a colectivos vulnerables; reducir la litigiosidad y agilizar los procesos mediante la concentración de competencias y la eliminación de duplicidades: y fortalecer la confianza ciudadana en el sistema judicial, asegurando una mayor cercanía y accesibilidad.

La especialización de los Tribunales de Instancia y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tiene como objetivo principal mejorar la protección y atención a las víctimas de delitos de género y sexuales.

Al consolidar las competencias en un órgano especializado, se espera que las víctimas encuentren un entorno más comprensivo y profesional que favorezca su recuperación y acceso a la justicia.

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