El portavoz del Grupo Socialista, Patxi López, este viernes que la ‘Proposición de Ley Orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas’

El PSOE presenta una ley para restringir la acusación popular y prohibir los procesos basados en recortes la prensa

El texto incluye otra reforma para suprimir el artículo 525 del Código Penal contra las ofensas a los sentimientos religiosos

10 / 01 / 2025 11:03

Actualizado el 10 / 01 / 2025 13:11

El PSOE ha registrado este viernes una proposición de ley que prohíbe ejercer la acusación popular a partidos políticos y asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos y con la que busca garantizar los derechos fundamentales frente al acoso derivado de «acciones judiciales abusivas».

Según el preámbulo de la citada ‘Proposición de Ley Orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas’ que acaba de registrar en el Congreso de los Diputados, «El objetivo de esta ley es, por tanto, asegurar los derechos fundamentales de los colectivos víctimas de acoso y, concretamente, su derecho al honor, a la libertad de expresión y creación, a la participación política y a la tutela judicial efectiva»

Como avanzaba el portavoz del Grupo Socialista, Patxi López, este viernes, este texto busca «impedir los mecanismos de acoso» por parte de grupos «ultras» que usan la acusación popular para fines propios y suprimir el delito de ofensas contra los sentimientos religiosos, que es utilizado «permanentemente por organizaciones ultras y fundamentalistas para perseguir a artistas y periodistas».

En principio se plantea reformar la acusación popular que quedará únicamente circunscrita a la fase de juicio oral y a la formulación de la querella. Pretenden, «acabar así con la filtración constante de las diligencias por parte de acusaciones con objetivos políticos y con los intentos abusivos de pedir diligencias desconectadas del objeto de la investigación con el único fin de dar un perfil mediático a un proceso judicial».

López, en declaraciones a los medios, ha añadido que esta iniciativa parlamentaria también recoge que se inadmitan las querellas que se basen en recortes de prensa –asumiendo así «la doctrina del Tribunal Supremo».

El portavoz ha explicado que se busca acabar «con los intentos abusivos de pedir diligencias desconectadas con el fin» de generar ruido en los medios de comunicación. También se exigirá que, para ser acusación popular, exista un vínculo «concreto, relevante y suficiente» con el interés del proceso penal correspondiente. 

Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)

Además, la citada proposición también propone una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), concretamente del Artículo 219 para incluir mecanismos para recusar a jueces que hagan declaraciones de contenido político.

En este sentido, el texto del PSOE asegura que «Para seguir asegurando la neutralidad y el derecho a un juez imparcial y a la tutela judicial efectiva se reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial para incluir una nueva causa de abstención o recusación: cuando un juez o magistrado haya realizado públicamente manifestaciones a favor o en contra de partidos políticos, sindicatos, asociaciones u otras entidades públicas o privadas, no podrá participar en un proceso en el que estas personas u organizaciones formen parte».

Reforma para suprimir el artículo 525 del Código Penal

Igualmente, el texto incluye otra reforma para suprimir el artículo 525 del Código Penal contra las ofensas a los sentimientos religiosos, «un delito donde no se detectan apenas condenas, pero que es empleado por organizaciones ultras y fundamentalistas para perseguir a artistas, activistas y representantes electos haciéndoles pasar por procesos penales muy costosos a nivel económico y personal».

Sobre este asunto, el portavoz del PSOE, ha resaltado, no obstante, que con esta eliminación no se despenaliza el ataque o el acoso por motivos religiosos si se ataca o se acosa por su fe en la reputación de una persona, porque para eso está el delito de injurias.

«Si se alienta la violencia o la discriminación contra los católicos, están los delitos de odio. Y si se trata de impedir con violencia la libertad religiosa o la libertad de culto, está el artículo 522 del Código Penal», ha matizado.

Texto completo de la proposición

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