García Ortiz planteó limitar esta acusación en la apertura del año judicial en septiembre de 2024.

El fiscal general del Estado planteó limitar la acusación popular en septiembre pasado

17 / 01 / 2025 00:45

Actualizado el 17 / 01 / 2025 10:22

Hoy se cumple una semana desde que el PSOE registrase en el Congreso de los Diputados la ‘Proposición de Ley Orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas’. Una norma que plantea diversos cambios.

Pretende prohibir el ejercicio de la acusación popular a partidos políticos, asociaciones o fundaciones; los pronunciamientos de jueces y fiscales sobre asuntos judicializados y los delitos de ofensas contra los sentimientos religiosos.

Un paso que marcará el inicio de un debate que promete ser clave en el panorama jurídico actual. Esta proposición tiene una característica excepcional que va en contra de la regla general en materia de derecho procesal, y es que afectará a todos los procesos que actualmente están en curso. Tiene carácter retroactivo.

Afectará, por ejemplo, a casos como el de Begoña Gómez, al de Koldo y al del Fiscal General del Estado (FGE), Álvaro García Ortiz al estar personada la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF).

No obstante, hay que recordar que García Ortiz ya planteó limitar esta figura el pasado 5 de septiembre durante su discurso en la apertura del año judicial. Señaló en el Salón de Plenos del Tribunal Supremo que era necesario «hacer una reflexión sobre el ejercicio de la acción popular».

«La utilización en la justicia penal de una figura que, pese a su previsión constitucional, permite el acceso directo a los órganos judiciales de investigación sin filtro alguno, aumenta el riesgo de investigaciones prospectivas. Y pervierte el esquema natural y lógico en el que sólo deberían llegar ante los tribunales de justicia, al proceso, en definitiva, aquellas investigaciones en las que concurran poderosos indicios de responsabilidad criminal», dijo el jefe del Ministerio Público.

Con fines espurios

García Ortiz señaló en dicho acto bajo la presencia del Rey Felipe VI que se trataba, en un principio, de una figura positiva. «Pero ocurre que cualquier interés ajeno al fin mismo del proceso tiene acceso a él. Un interés que no tiene por qué ser ilegítimo, pero que mal utilizado puede llegar a serlo», relató.

En definitiva, señaló en dicho acto, bajo la presencial del Rey Felipe VI, que podía llegarse a usar «con fines espurios».

Aunque eso sí, cuando emitió esas palabras, todavía no estaba imputado por el Tribunal Supremo por un presunto delito de revelación de secretos en el caso de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

El Tribunal Supremo abrió causa contra él el 16 de octubre. Un acontecimiento que se convirtió en histórico al convertirse en el primer fiscal general en tener esta condición.

Su declaración como imputado ante el juez instructor del alto tribunal, Ángel Hurtado, llegará el próximo 29 de enero al considerarse apuntalados los indicios delictivos contra él. En especial tras conocerse los informes de la Unidad Central Operativa (UCO).

Declaración que tendrá lugar justo un día después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo estudie el recurso presentado hace un año por APIF contra García Ortiz por su nombramiento. Entendían que no era idóneo para desempeñar, conforme a la Constitución, las funciones asignadas por sus actuaciones desde que fue elegido en 2022.

Esta asociación consideró que el hecho de haber sido condenado por el Supremo por desviación de poder como autoridad ha dejado de ser jurista de reconocido prestigio, tal como establece el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal en su artículo 29 y, por lo tanto, «el nombramiento no es conforme a ley».

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