Agustín Azparren: «La solución del Anteproyecto para los jueces sustitutos no es buena»
El abogado de las dos asociaciones de jueces sustitutos y magistrados suplentes plantea soluciones más acordes con la realidad que las que aparecen en el Anteproyecto. Foto: Confilegal.

Agustín Azparren: «La solución del Anteproyecto para los jueces sustitutos no es buena»

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23/1/2025 00:45
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Actualizado: 23/1/2025 11:11
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Agustín Azparren, abogado, magistrado jubilado, exvocal del Consejo General del Poder Judicial y uno de los más reputados mediadores españoles, es el representante legal de la Asociación Pro Dignidad de Jueces/as Sustitutas y Magistrados/das Suplentes, que preside Lydia Polo, y de la Asociación de Jueces Concepción Arenal, cuya homóloga es Inmaculada Galán; también de la Asociación de Abogados Fiscales Sustitutos.

Después de leerse, de arriba a abajo, el Anteproyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en el que se contiene la solución para normalizar la situación de los 913 jueces sustitutos y magistrados suplentes, opina con claridad que «La solución del Anteproyecto para los jueces sustitutos no es buena».

Dicho Anteproyecto contempla un concurso-oposición con características específicas. Consistiría en un dictamen práctico como, primera prueba eliminatoria, accesible solo a un número limitado de aspirantes, determinado en función de las plazas disponibles. Posteriormente, se realizará una baremación de méritos, con especial consideración al tiempo trabajado como juez o magistrado sustituto.

Según Azparren, la propuesta actual no cumple con los requisitos exigidos por la normativa europea ni con los estándares establecidos por el Tribunal Constitucional español.

“El sistema planteado es incierto, aleatorio y podría ser ineficaz”, afirma. En su opinión, esta situación podría derivar en sanciones millonarias contra el Estado español, similares a las que han enfrentado otros países como Italia.

EXISTEN PRECEDENTES EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL

La solución más lógica sería que “los jueces sustitutos con más de diez años de experiencia accedieran a la carrera judicial mediante un concurso de méritos. Para quienes tienen entre tres y diez años, un cuarto turno basado en una baremación más un caso práctico. El Tribunal Constitucional ya ha reconocido que este sistema es válido«.

Azparren señala que ya existen precedentes claros en el ordenamiento jurídico español que avalan un concurso de méritos como solución excepcional y constitucional.

“El Tribunal Constitucional, en una sentencia de 1999 y otra más reciente de 2023, confirmó que un proceso de regularización basado en méritos es perfectamente válido siempre que sea excepcional y esté regulado por ley».

De acuerdo con Azparren, los jueces sustitutos con más de diez años de experiencia ya han demostrado ampliamente su idoneidad. “Han emitido miles de sentencias, han sido evaluados semestralmente por los Tribunales Superiores de Justicia y cuentan con la supervisión constante de las Salas de Gobierno”, explica.

Según el abogado, su experiencia les confiere una capacidad y mérito que supera incluso al de muchos jueces recién incorporados tras aprobar la oposición.

Por otro lado, para los jueces sustitutos con entre tres y diez años de experiencia, el acceso debería realizarse mediante un cuarto turno que combine una baremación inicial y una prueba práctica, cuya calificación se sumaría para determinar el ingreso. “Este sistema garantizaría una regularización justa y eficaz, cumpliendo con los estándares de la Unión Europea”, subraya. Y aquí el orden de los factores, que sea primero el examen y luego la baremación, sí altera el producto.

Críticas al enfoque actual del Anteproyecto

El principal problema del Anteproyecto, según Azparren, es su enfoque. La propuesta establece un concurso-oposición que no valora adecuadamente los años de experiencia acumulados.

Además, en caso de no superar las pruebas, los jueces sustitutos quedarían únicamente con una indemnización que, según sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), tampoco cumple con los objetivos de la Directiva europea sobre abuso de la temporalidad.

Azparren pone como ejemplo los procesos fallidos de Italia, donde desde 2017 se han presentado múltiples propuestas legislativas que no han conseguido el visto bueno de la Unión Europea. “El riesgo de este tipo de procesos es que, si el porcentaje de jueces que regularizan su situación es demasiado bajo, el sistema no cumple su propósito y se convierte en un fraude”, advierte.

Para el abogado de los jueces sustitutos, el Anteproyecto no solo falla en su diseño técnico, también en su filosofía. “No es lógico ni justo someter a un examen eliminatorio a profesionales que llevan décadas demostrando su competencia en los tribunales. Lo razonable sería valorar su experiencia y consolidar su situación mediante un proceso transparente y eficaz”, concluye.

El debate sobre los jueces sustitutos continúa abierto, y Azparren insta al Gobierno a replantear su propuesta para evitar conflictos legales y garantizar una solución que respete los derechos de estos profesionales y cumpla con los estándares europeos.

De acuerdo con el citado Anteproyecto, en España hay 5.416 jueces y magistrados de carrera en activo. Y 913 jueces sustitutos y magistrados suplentes. Lo que supone que el porcentaje de temporalidad en la carrera judicial es de un 16,86 %.

«Este porcentaje se eleva a un preocupante 25 % de cobertura por no titulares en el caso de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y un 18,5 % en el caso de los Juzgados de lo Mercantil. Finalmente, contamos con el indicador del número de sentencias que son dictadas en la instancia por jueces sustitutos en relación con las dictadas por magistrados y jueces, y en 2023 los jueces sustitutos dictaron el 13,5 % de las sentencias civiles (incluyendo familia) en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción en todo el territorio nacional, el 14,1% de las dictadas en el mismo ámbito territorial en los Juzgados de lo Social y 17,1% de las sentencias dictadas en los Juzgados de Violencia contra la Mujer», dice el Anteproyecto.

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