supremo funcionaria tenerife laj
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de tres años de prisión a la LAJ que desatendió sus funciones públicas. Foto: EP

El TS confirma la pena de prisión a una LAJ que insultaba a los compañeros y escondía los expedientes detrás del armario

28 / 02 / 2025 05:35

El Tribunal Supremo ha considerado a la Letrada de la Administración de Justicia (LAJ) como responsable de los delitos de trato degradante, infidelidad en la custodia de documentos y prevaricación. Un fallo que confirma la pena de prisión de tres años, e inhabilitación especial para el cargo público de la funcionaria.

Graciela (nombre ficticio), tomó posesión como LAJ en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Llanes en marzo de 2016. Un cargo que la trabajadora pública mantuvo hasta mayo de 2018. Momento en el que sus compañeros, tanto funcionarios como la Magistrada-Juez, presentaron una denuncia contra Graciela.

Ello, debido al «retraso generalizado en los procedimientos seguidos en el Juzgado de Llanes por la inacción de la LAJ, y falta de respeto y consideración hacia sus subordinados».

Así pues, se ponía en consideración «la negligencia, desatención o retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones inherentes al puesto de trabajo». Entre ellas, «el retraso en la tramitación de procedimientos, falta de validación de poderes, retraso en la firma de las grabaciones de vistas, retraso en la firma», etc.

Una desatención a su trabajo que, además, se unía a la arbitrariedad en el uso de la autoridad en sus funciones. Y, del mismo modo, al trato negativo que ejercía sobre sus compañeros, a los que les decía «que no sabían trabajar, que no sabían hacer nada, que eran unos inútiles, mediocres».

«Le decía que no sabía hacer nada, que todo lo hacía mal», explicaba la trabajadora María Dolores. A Eva María, por su parte, «le recriminaba que por su culpa no podía salir de compras», entre otros comentarios que recibían todos los trabajadores.

Tres años de prisión para la LAJ condenada

Críticas hacia la magistrada-juez y otros trabajadores que se unía al retraso voluntario de los procedimientos en el juzgado por parte de la LAJ. Y que se comprobaba posteriormente, gracias a la sustituta de la misma.

«Los expedientes fueron hallados, no sólo sobre la mesa del despacho y encima de los armarios, sino también debajo de la mesa, detrás del armario, e incluso dentro de los cajones». Ello, tal y como estipula ahora la sentencia del Supremo, «de forma consciente, y con la intención de causar molestias, tanto a los funcionarios como a la magistrada-juez».

Situación ante la que el Juzgado de lo Penal nº2 de Oviedo condenaba a la LAJ a un año de prisión e inhabilitación especial para el cargo público, con privación del cargo en todo el territorio nacional. Ello, por un delito contra la integridad moral.

Del mismo modo, también la consideraba autora de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, a dos años de prisión e inhabilitación. Por último, por un delito de prevaricación por retardo malicioso, a dos años y tres meses de inhabilitación.

Sentencia que confirmaba la Audiencia Provincial de Oviedo en su sentencia 94/2022. Ello, desestimando el recurso de apelación de la LAJ. Y que llevaba a la trabajadora pública ante el Supremo. En concreto, ante la Sala de lo Penal compuesta por los magistrados Manuel Marchena Gómez (presidente), Juan Ramón Berdugo (ponente), Ana María Ferrer y Susana Polo.

Magistrados que, en su sentencia 1082/2024, volvían a desestimar las pretensiones de la trabajadora. Y con ello, confirmaban su condena con imposición de costas. Ello, sin que quepa recurso contra el fallo del alto tribunal.

Noticias relacionadas:

El Supremo obliga al CGPJ a reabrir un expediente disciplinario contra una jueza por una orden de desalojo

Ábalos solicita al Supremo la nulidad del «caso Mascarillas» y de su condena de 24 años de prisión

Los pacientes no pueden conocer la identidad de los médicos que acceden a su historial clínico, según el TS

El castellano no puede ser excluido de la rotulación de los colegios públicos catalanes, según el Supremo

El TS corrige el nuevo Reglamento de Extranjería en materia de menores, trabajo o antecedentes penales

La retractación de una víctima de delito sexual no es suficiente para absolver al acusado, según el Supremo

Lo último en Tribunales

Problemas vecinales: no se pueden pintar las líneas del parking de la comunidad al ocupar superficie común 

Un parking, sancionado con 150.000€ por negarse a dar las imágenes a un cliente después que le rayaran el coche

Leire Díez y Boye

El coronel de la Guardia Civil purgado por investigar el ‘lazo’ Puigdemont-Putin se persona contra Leire Díez

CRistóbal Montoro

Caso Equipo Económico: ocho años de instrucción, secreto del sumario prorrogado 83 veces y un informe de la UCO oculto que exculpaba al despacho

Cuatro claves para entender la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad

Arriaga Asociados logra la exoneración máxima de una deuda con la Seguridad Social bajo la Ley de Segunda Oportunidad

Un camionero llega hasta el Supremo para recurrir su despido por dar positivo en THC mientras conducía, y pierde

Un camionero, despedido estando de baja médica por vértigos: le sorprendieron con su coche y de ruta con la bici