Los ministros Félix Bolaños, Pilar Alegría y Sira Rego, durante el anuncio de esta reforma penal. Foto: La Moncloa.

Luz verde a la reforma penal que sancionará los «deepfakes» de contenido sexual y el «grooming» como agravante

26 / 03 / 2025 17:52

Actualizado el 26 / 03 / 2025 17:57

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El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Proyecto de Ley Orgánica de protección de los menores en entornos digitales. Se trata de una norma ambiciosa y pionera en Europa que busca blindar los derechos fundamentales de niños y adolescentes en internet, especialmente frente a contenidos nocivos, manipulaciones tecnológicas y riesgos para su salud mental.

La iniciativa, impulsada por los ministros Félix Bolaños, de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y Sira Rego, de Infancia y Juventud, tiene un objetivo claro: garantizar el derecho de los menores a la intimidad, al honor, a la propia imagen y al acceso seguro y equitativo a las tecnologías. Para ello, contempla una batería de reformas legislativas y nuevas obligaciones para actores públicos y privados.

Reforma del Código Penal: contra los «deepfakes» y el «grooming»

Uno de los ejes centrales es la modificación del Código Penal. Se tipifica el uso de «deepfakes» con fines sexuales —la manipulación de imágenes o vídeos con el rostro o cuerpo de una persona sin su consentimiento— y se refuerza el castigo del «grooming», que pasa a ser agravante en delitos sexuales.

El «grooming» es una forma de acoso o abuso sexual que consiste en el proceso mediante el cual un adulto se gana la confianza de un menor —a menudo haciéndose pasar por otro menor— con el objetivo de manipularle, engañarle o intimidarle para obtener favores sexuales, imágenes íntimas o incluso concertar un encuentro físico.

También se introduce la pena de prohibición de acceso o comunicación en entornos digitales para evitar la revictimización y la reincidencia.

Obligados a implementar sistemas de verificaciones de edad

Se eleva la edad de consentimiento para el tratamiento de datos personales de los 14 a los 16 años mediante la reforma de la Ley de Protección de Datos.

También se modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual para obligar a grandes plataformas y «influencers» a implementar verificaciones de edad, separar contenidos sensibles y habilitar canales de denuncia.

Por último, se reforman la Ley Orgánica del Poder Judicial y la de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para que los jueces puedan ordenar la interrupción de servicios digitales o la retirada de contenidos perjudiciales para menores.

Una norma completa que busca que el entorno digital deje de ser una selva para los menores y empiece a ser, por fin, un espacio seguro.

Derechos digitales y garantías educativas y sanitarias

El texto reconoce el derecho de los menores a ser protegidos frente a contenidos perjudiciales, a recibir información veraz y comprensible sobre los riesgos digitales y a contar con acceso igualitario a dispositivos y formación.

Obliga a los fabricantes a incluir sistemas de control parental gratuitos y activados por defecto, y prohíbe el acceso de menores a mecanismos de recompensa aleatoria en videojuegos («loot boxes»).

En el ámbito educativo, se prevé una regulación específica del uso de dispositivos móviles en el aula y se impulsa la educación digital responsable.

En el sanitario, las administraciones deberán elaborar protocolos de prevención de adicciones tecnológicas.

La norma impone obligaciones a todas las administraciones. Entre ellas, la elaboración de una Estrategia Nacional de protección digital de la infancia, liderada por el Ministerio de Juventud e Infancia.

Además, reconoce expresamente a las víctimas de violencia sexual o de género en el entorno digital, con pleno acceso a servicios de apoyo psicológico, jurídico y social.

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