autoescuela despido
La autoescuela ha vuelto a ser condenada a readmitir a su trabajadora, después de los dos despidos que han sido considerados nulos. Foto: Confilegal

Una autoescuela despide dos veces a la misma empleada, y acaba condenada a pagarle 50.000 euros de indemnización

29 / 03 / 2025 00:45

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha condenado así a la autoescuela a readmitir de nuevo a la trabajadora. Y, a su vez, a indemnizarla con 50.000 euros por los daños y perjuicios causados, así como a abonarle los salarios dejados de percibir desde su segundo despido.

Vanesa (nombre ficticio) ha acudido hasta en dos ocasiones ante los tribunales en defensa de su despido. Ello, después de que la misma empresa decidiera dar por concluido su contrato laboral. En un primer momento, debido a su embarazo. Posteriormente, alegando que la denuncia interpuesta por la trabajadora por acoso era falsa.

La mujer trabajaba, desde 2019,con un contrato indefinido a tiempo completo, para una autoescuela, cobrando un salario mensual de más de 2.000 euros al mes, con un complemento de 600 euros por convenio, teniendo el cargo de Directora del Centro de Recuperación de Puntos.

Un trabajo del que, sin embargo, era despedida a finales de 2021, tras iniciar un proceso de incapacidad temporal, y estando embarazada, dando a luz en 2022.

Situación ante la que la demandante presentaba, en febrero de 2022, una denuncia ante la Policía Nacional contra el presidente de la empresa. Demanda en la que Vanesa alegaba «hostigamiento y acoso en el trabajo», así como «por haberse utilizado su firma digital y para acceder a su Historial médico tras su despido».

Apenas unos días más tarde, la actora también presentaba una demanda de impugnación del despido contra el presidente, solicitando la declaración de nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales. Ello, debido a haber sido objeto de acoso, haber sido despedida durante su embarazo, y por el uso fraudulento de su firma digital.

Despedida dos veces por la autoescuela; ambas nulas

Una segunda demanda contra la autoescuela y el presidente de dirección que llegaba ante el juzgado de lo Social nº3 de Santiago de Compostela. Juzgado que, el 16 de mayo de 2023, fallaba estimando parcialmente la demanda de la trabajadora.

Sentencia con la que el juzgado destacaba que no se había logrado acreditar el acoso laboral. Pero tampoco, por parte de la empresa, las causas del despido. Algo que hacía que éste concurriera en nulidad por la situación de gestación de la trabajadora. Y así, se condenaba a la empresa a readmitir a la trabajadora, algo que sucedía el 26 de junio de 2023.

Mismo día en el que la empresa comunicaba a Vanesa su despido disciplinario. Ello, «por las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa». También por «transgresión de la buena fe contractual». Un despido que se debía a la denuncia de acoso laboral realizada en febrero de 2022 contra la empresa y su presidente, y que no había podido probarse en los tribunales.

Nuevo despido de la autoescuela que la mujer llevaba ante el Juzgado de Instrucción nº1 de Santiago de Compostela que, sin embargo, desestimaba las pretensiones de Vanesa. Y que llevaba a la trabajadora a presentar un recuso de suplicación ante el TSXG. En concreto, ante la sala compuesta por los magistrados Eva María Doval Llorente (ponente), Beatriz Rama Insua y Carlos Villarino Moure.

«No existe mala fe en la denunciante ni temerario desprecio a la verdad», valora el tribunal respecto a la denuncia del acoso laboral no probada. «Y por ello, la decisión extintiva carece de causa justificada», destaca.

Valoración que lleva al TSXG a estimar su recurso, declarando nulo el despido, y condenando a la empresa a readmitir, de nuevo, a la trabajadora. Y, del mismo modo, a indemnizarla con 50.000 euros por daños y perjuicios.

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