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Opinión | «Stop the Clock»: una pausa necesaria, pero con riesgos y una oportunidad para España

Opinión | «Stop the Clock»: una pausa necesaria, pero con riesgos y una oportunidad para España
Lucía Sánchez-Ocaña, vicepresidenta de ASCOM y directora del departamento “Global Risk Compliance and Sustainabilty” de Qualitas Energy, hace un análisis crítico y reflexivo sobre el impacto y los riesgos del retraso normativo europeo en sostenibilidad, con especial atención al caso español y al principio de proporcionalidad. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.
07/4/2025 05:35
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Actualizado: 06/4/2025 23:55
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En la sesión del jueves 3 de abril, el Parlamento Europeo ha aprobado por una gran mayoría, sin considerar las enmiendas, la Directiva Omnibus I. Denominada «Stop the clock». Parar el reloj. Así se ha denominado el retrasar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en CSRD y CS3D.

Se ha generado mucha incertidumbre y ruido alrededor de esta simplificación normativa, sin embargo, equivocadamente, se proyectó un mensaje desde mi perspectiva desinformado, siendo éste la desaparición de requisitos en materia de sostenibilidad.

Esta Directiva propone una flexibilización de varias normativas a las que hemos estado sometidos, con evidente dificultad de cumplimiento, ya que no consideraba un principio que para mí siempre ha sido fundamental y no es otro que el de proporcionalidad.

Normas europeas impactadas

Hablamos en concreto de varias normas europeas impactadas:

CSRD, cuyo principal objetivo es la transparencia, contiene obligaciones especificas de reporte de información en materia de sostenibilidad. Esta norma, cuya trasposición todavía no se ha aprobado en España. El Consejo de Ministros aprobó el 28 de octubre de 2024 el proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad, un paso necesario para poner la sostenibilidad en el centro de la información corporativa.

Con esta ley, se quiso trasladar a las empresas la responsabilidad de explicar no solo cómo el entorno les afecta, sino también cómo ellas afectan al entorno.

    Se estableció un marco común europeo de presentación y verificación, con plazos escalonados según el tamaño de la empresa, y se reforzó la supervisión con una figura específica de verificadores de sostenibilidad.

    Además, se revisaron los criterios de tamaño empresarial, permitiendo que muchas compañías pasaran a clasificarse como medianas y accedieran a requisitos contables más simples.

    Fue, en definitiva, una propuesta que apuesta por la transparencia y la responsabilidad empresarial, sin perder de vista la necesidad de simplificar las obligaciones administrativas, que ahora se ha encontrado sin querer con la modificación establecida en la Omnibus que tendrá que estar traspuesta antes del 31 de diciembre de 2025.

    CS3D. Otra de las Directivas que modifica es la Directiva (UE) 2024/1760, aprobada el 13 de junio de 2024, que fijaba las obligaciones que deben cumplir las empresas para identificar y gestionar los posibles impactos negativos, tanto reales como potenciales, que sus actividades —así como las de sus filiales y socios comerciales— puedan tener sobre los derechos humanos y el medio ambiente a lo largo de toda su cadena de valor. Enfocada desde un punto de vista de identificación, evaluación y gestión de riesgos, que también en España se encuentra pendiente de trasposición.

    La llamada Ley de Taxonomía de la Unión Europea fue, sin duda, uno de los avances más ambiciosos —y también polémicos— en el intento de traducir la sostenibilidad en un lenguaje claro para el sistema financiero. Que es otra de las fundamentales afectada por estas modificaciones.

    Su propósito fue tan sencillo de formular como complejo de ejecutar: definir qué actividades económicas pueden considerarse “sostenibles” desde el punto de vista ambiental.

    «El ‘Stop the Clock’ debe ser una pausa para mejorar, no una excusa para frenar. Y en el caso de España, la oportunidad está en usar esta tregua para reforzar la calidad de la transposición, el diálogo con empresas y la formación de los actores clave».

    En esencia, la UE quiso evitar el «greenwashing» regulando un terreno pantanoso. Y lo hizo estableciendo seis grandes objetivos —desde la mitigación del cambio climático hasta la protección de la biodiversidad— y exigiendo que, para que una actividad se considere verde, contribuya sustancialmente a uno de ellos sin perjudicar a los demás (“principio de no causar un perjuicio significativo”).

    La ley no obliga a las empresas a ser sostenibles, pero sí a informar con transparencia sobre en qué medida lo son.

    En el caso de España, el retraso en la transposición de la CSRD (Directiva de Información sobre Sostenibilidad Corporativa) y la futura transposición de la CS3D (Directiva sobre Diligencia Debida en Sostenibilidad) plantea varios escenarios relevantes que desde un punto de vista corporativo nos planteamos en estos momentos:

    «Stop the Clock»: una pausa necesaria, pero con riesgos

    La propuesta de la Comisión Europea de posponer la aplicación de algunas exigencias de sostenibilidad —bajo el lema “Stop the Clock”— ha sido interpretada por algunos como una claudicación, pero creo que debe entenderse como un gesto de realismo político.

    El volumen y complejidad normativa del paquete de sostenibilidad europeo ha desbordado tanto a empresas como a administraciones públicas, y operativizar el cumplimiento se ha convertido para muchas organizaciones en una carga administrativa y financiera inasumible.

    Aplazar ciertos plazos para pymes y normas sectoriales puede evitar un rechazo generalizado y permitir una aplicación más efectiva y creíble, es decir, volver a introducir el principio de proporcionalidad en las organizaciones.

    El riesgo, sin embargo, es evidente: enviar señales contradictorias justo cuando la sostenibilidad empezaba a consolidarse como marco estratégico y no sólo reputacional, genera confusión en los Consejos de Administración, no tener una hoja de ruta clara en materia de sostenibilidad.

    España: entre el retraso técnico y la oportunidad política

    En el caso español, la no transposición aún de la CSRD, pese a su entrada en vigor en Europa, es preocupante. No sólo porque expone al país a un posible procedimiento de infracción, sino porque genera inseguridad jurídica para las empresas que sí quieren cumplir y no encuentran aún un marco nacional claro.

    Por otro lado, la CS3D —más compleja aún por sus implicaciones en la cadena de suministro— requerirá una transposición cuidadosa y coordinada entre varios ministerios (Trabajo, Transición Ecológica, Asuntos Exteriores, Justicia…). Vista la lentitud con la CSRD, cabe temer que volvamos a llegar tarde.

    Conclusión personal

    El “Stop the Clock” debe ser una pausa para mejorar, no una excusa para frenar. Y en el caso de España, la oportunidad está en usar esta tregua para reforzar la calidad de la transposición, el diálogo con empresas y la formación de los actores clave.

    La sostenibilidad no puede convertirse en papel mojado por fatiga regulatoria. Es el momento de demostrar que el compromiso con el clima, los derechos humanos y la transparencia va más allá de los boletines oficiales.

    Pero pedimos agilidad en materia de transposición ya que no hay mayor mal que tener que navegar entre limbos regulatorios.

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