El 23 de julio de 2024, el Gobierno aprobó el proyecto de ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores para eliminar la incapacidad permanente -total, absoluta o ‘gran invalidez’- como causa automática de extinción de contrato. Foto: EP

El Senado aprueba definitivamente la ley que elimina el despido automático por incapacidad permanente

23 / 04 / 2025 05:35

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El pleno del Senado ha aprobado definitivamente este martes el proyecto de ley que elimina como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente.

Con 251 votos a favor y 3 en contra, el Senado daba así luz verde a la norma de forma definitiva al no haberse introducido ningún cambio respeto a la que llegó del Congreso de los Diputados.

La norma sale adelante con el apoyo de la mayoría de los grupos, solo Vox ha expresado hoy durante el debate su rechazo al considerarla una «mala herramienta jurídica» para abordar esta situación, razón por la que ha presentado un veto al texto que ha sido rechazado de forma mayoritaria.

El 23 de julio de 2024, el Gobierno aprobó el proyecto de ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores para eliminar la incapacidad permanente -total, absoluta o ‘gran invalidez’- como causa automática de extinción de contrato.

El cambio pretende garantizar, de una manera más eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad, dice el texto del proyecto.

Con la nueva norma, el trabajador decidirá voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo.

Según la ley, las empresas pueden ahorrarse la adaptación del puesto de trabajo si ello le supone una «carga excesiva».

Sin embargo, se ha incorporado una enmienda de Podemos para precisar que si el coste de esa adaptación no supera la indemnización que habría que pagar por despedir al trabajador, o el pago de seis meses del salario, la empresa no podrá alegar esa «carga excesiva».

Así, el trabajador podrá solicitar, en un plazo de un mes desde la notificación del reconocimiento de incapacidad permanente, el mantenimiento de su puesto y, a partir de entonces, la empresa tendrá tres meses para adaptarlo a las nuevas necesidades, cambiarlo a otro o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas.

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