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El administrador de una empresa de transportes, condenado a pagar 282.000 euros de deuda a una gasolinera

23 / 05 / 2025 05:35

Actualizado el 23 / 05 / 2025 12:09

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El Tribunal Supremo ha confirmado la deuda de más de 282.000 euros que debe abonar el administrador de una empresa de transportes, ya cerrada definitivamente, a una gasolinera. Una decisión con la que el alto tribunal desestima las pretensiones del hombre tras el cierre de su sociedad mercantil. Ello, tras cometer el recurrente errores en la disolución o el concurso de la empresa de transportes.

El incumplimiento del deber de promover la disolución de una entidad en situación de desbalance ha llevado a Diego (nombre ficticio) ante el Tribunal Supremo.

Así pues, una gasolinera no dudaba en llevar al hombre, como administrador societario, ante los tribunales. Ello, después de que su empresa de transportes cerrase, dejando una deuda de casi 300.000 euros a la surtidora de combustibles. Un caso que recaía en el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla.

Demanda en la que la gasolinera solicitaba una acción de responsabilidad individual a Diego, como administrador de la entidad. Ello, por no haber realizado un acuerdo de disolución de la sociedad de transportes antes de generar la deuda ahora reclamada.

Afirmaciones ante las que el demandado sostenía que «no incumplió sus obligaciones como administrador societario. Que no se creó ninguna falsa apariencia de solvencia«.

«La situación de crisis económica en la que cayó la sociedad no se debió a su actuación sino, por una parte, a circunstancias generales, como la crisis económica global, y la subida del gasóleo, que hizo que se perdieran los márgenes de beneficio», explica el demandado.

Del mismo modo, negaba el demandado que la sociedad se encontrara en causa de disolución con anterioridad.

El TS levanta el velo en las personas jurídicas y confirma la deuda

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