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El Juzgado ha condenado a Caixabank a devolver cerca de 2.000 euros, con intereses legales, por estas cláusulas abusivas. Foto: EP

La Justicia condena a Caixabank por incorporar cinco cláusulas abusivas en un préstamo hipotecario

25 / 06 / 2025 05:35

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El Juzgado de Primera Instancia nº2 de Cádiz ha determinado que el préstamo hipotecario concedido por Caixabank acumulaba hasta cinco cláusulas abusivas. Condicionantes que anula el juzgado, condenando a la entidad bancaria a restituir estas cantidades al cliente demandante.

Un préstamo hipotecario, firmado en marzo de 2009, llevaba a M.R. a presentar una demanda contra la entidad bancaria Caixabank. Y es que, según aseguraba la parte actora en el escrito, este acuerdo hipotecario no contaba con «los requisitos de transparencia, negociación individualizada e información previa», necesarias.

En concreto, cinco eran las cláusulas que, según el afectado, representado por el abogado José Luis Ortiz, tenían la condición de abusivas. Ello, solicitando ante los tribunales la nulidad de todas ellas.

Cláusula de gastos, cláusula de comisión de apertura, cláusula de comisión por posiciones deudoras, cláusula de intereses de demora, y cláusula de comisión de estudio. Así las enumera la sentencia del Juzgado gaditano que ha llevado el caso.

Una demanda ante la que respondía la entidad bancaria, oponiéndose a las pretensiones del cliente. Ello, alegando la no condición de consumidor del demandante, así como la existencia de información y negociación previa. También el complimiento del control de incorporación y de transparencia.

Demanda que recaía sobre el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Cádiz, bajo la magistratura de Sonia María García Cairón. Juzgado que, en su sentencia 1475/2025, de 19 de junio de 2025, estima íntegramente las pretensiones del cliente de la entidad bancaria.

Las cláusulas nulas de Caixabank

«La entidad demandada no ha aportado prueba alguna en relación a la negociación previa, al cumplimiento de las obligaciones de información y transparencia. Ni siquiera el expediente bancario», explica el Juzgado en su sentencia.

Algo ante lo que la jueza García Cairón no duda en atender a las pretensiones del cliente de Caixabank. Y así, reconocer como nulas las cinco cláusulas abusivas presentes en este contrato hipotecario de 2009.

Una decisión en la que, además, el Juzgado también falla a favor del cliente, condenando a la entidad bancaria, tal y como se solicita en la demanda, «a la devolución de las cantidades abonadas por la aplicación de las referidas cláusulas».

«Como consecuencia de la aplicación de la cláusula de comisión de apertura, 830 euros», destaca la sentencia. «Como consecuencia de cláusula de comisión de estudio de las escrituras, 415 euros». Y, en relación a la Cláusula de comisión de apertura de las escrituras, se establece un total de 680,25 euros.

En total, cerca de 2.000 euros, a los que se une «el correspondiente interés legal» que Caixabank es condenada a devolver al cliente. Y, del mismo modo, el fallo establece que la entidad debe «eliminar dichas condiciones generales de la contratación». Un fallo al que, además, se suma la imposición de costas a la entidad demandada.

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