El Juzgado de Primera Instancia nº14 de Madrid ha tomado la decisión de suspender el desahucio de esta madre soltera, con dos hijos menores a su cargo. Ello, a pesar de que la mujer cobraba más de 1.200 euros al mes en subvenciones, y que el propietario de la vivienda en la que habita aseguraba ante el juzgado haberse quedado sin trabajo y se encuentra agobiado por las deudas.
Una madre soltera, con dos hijos, nacidos en 2011 y 2015 a su cargo, ha conseguido en los tribunales mantener su vivienda en el distrito de Villaverde. Ello, a pesar de no pagar su alquiler social, de 120 euros mensuales.
Y es que la mujer, defendida por Ignacio Palomar Ruiz, socio-director de Servilegal Abogados, demostraba ante el juzgado su situación de vulnerabilidad. Ello, a pesar de contar con ayudas estatales como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), así como ayudas a la infancia y a la familia monomarental.
“Conseguir que se declare vulnerable a una persona que percibe más de 1.300 euros mensuales y lograr que su lanzamiento se haya suspendido durante más de cuatro años es, sin duda, un triunfo jurídico y humano. Hemos demostrado que la vulnerabilidad no depende solo del salario, sino de las circunstancias vitales de cada cliente», explica a Confilegal Ignacio Palomar Ruiz.
Y es que, tal y como explica el abogado a Confilegal, lo cierto es que la situación de esta mujer no era sencilla. No solo debido a sus condiciones familiares. También a las dificultades para encontrar trabajo, analizadas por los Servicios Sociales, ante su falta de formación básica y prelaboral. También por su falta de experiencia.
El propietario pierde el desahucio a pesar de su situación
“Aunque muchos puedan pensar que un salario de 1.300 euros excluye la vulnerabilidad, la realidad es que los gastos fijos y las circunstancias personales hacen inviable acceder a otra vivienda. Y la justicia lo ha entendido.”
«No basta tener escasos ingresos», defendía, por su parte, la defensa del propietario del inmueble. Una defensa en la que se aseguraba que el legislador no consideraba «que todas las situaciones de bajos ingresos» debieran «beneficiarse de unas medidas de absoluta excepción».
Algo que, para la defensa del propietario del piso, sucede en el caso de esta mujer. Por un lado, debido a la actual situación económica del propietario, con más de 40 años, recientemente en paro, sin prestación alguna, y «agobiado por las deudas».
Por otro, debido a la falta de documentación que, para la defensa del propietario, hace que no quede acreditada la situación de vulnerabilidad.
«Nos faltan los certificados de Seguridad Social o Hacienda que justifiquen una situación de reducción de ingresos. Y, más singularmente, un certificado de empadronamiento», explicaban ante el juzgado. Algo que les impedía, entre otros, conocer «cuántas personas residen en el inmueble».
Valoración que no comparte el juzgado, que tomaba la decisión de suspender el desahucio, fechado el 12 de septiembre de 2025.
Decisión con la que la Justicia confirma que la vulnerabilidad no sólo es una cuestión de números. Al menos, no en el centro de Madrid, ni con las familias con más necesidades.