La defensa del notario rechaza categóricamente los hechos y sostiene que “no existen elementos objetivos en las diligencias practicadas” que acrediten los delitos imputados. Los investigadores atribuyen a la trama los presuntos delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad documental, blanqueo de capitales y organización criminal. Sobre estas líneas, el Colegio Notarial de Cataluña. Foto: Confilegal.

El Colegio Notarial de Cataluña se persona en la causa contra un notario acusado de participar en una trama de estafas

9 / 10 / 2025 05:45

Actualizado el 09 / 04 / 2026 21:40

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El Colegio Notarial de Cataluña se ha personado como parte en la causa abierta contra el notario S. G. D., investigado por el Juzgado de Instrucción número 32 de Barcelona, cuyo titular es el magistrado José Antonio Cruz de Pablo, por su presunta implicación en una red dedicada a estafar a personas vulnerables —principalmente mayores, discapacitadas o con problemas psicológicos—.

En un comunicado, la corporación profesional ha subrayado su “condena ante cualquier mala praxis profesional” y su compromiso de “exigir la depuración de responsabilidades de quienes pudieran estar implicados”.

Al mismo tiempo, el Colegio recuerda el derecho del investigado a la presunción de inocencia, pero manifiesta su “preocupación por las personas afectadas”.

UN ENTRAMADO PARA DESPOJAR DE LA VIVIENDA A LOS MÁS VULNERABLES

De acuerdo con la investigación de los Mossos d’Esquadra, destapada por Jesus G. Albalat desde El Periódico, las víctimas creían estar firmando un préstamo, cuando en realidad rubricaban una opción de compra sobre su vivienda a un precio muy inferior al de mercado, en ocasiones, la mitad de su valor.

Además, suscribían un poder irrevocable que permitía al supuesto prestamista vender el inmueble sin su consentimiento ni conocimiento. En la práctica, perdían la propiedad.

El informe policial describe un “entramado de personas físicas y jurídicas” que habría actuado de forma coordinada, con la participación del notario, “para hacer creer a las víctimas que formalizaban un préstamo personal, cuando en realidad vendían su vivienda a un precio irrisorio”.

El notario S. G. D. ha sido citado a declarar a finales de octubre. Ya compareció anteriormente por una denuncia individual, pero ahora el caso agrupa al menos una docena de afectados.

S. G. D. negó categóricamente los hechos a Antena 3 Noticias: «Llevo 30 y pico años en esto, he firmado 60.000 escrituras y no he tenido queja de nada».

Afirmó contar con documentación suficiente para demostrar su inocencia y añadió: «Si se pueden demostrar todas estas barbaridades que me inhabiliten y me condenen de por vida».

La defensa del notario rechaza categóricamente los hechos y sostiene que “no existen elementos objetivos en las diligencias practicadas” que acrediten los delitos imputados.

El instructor investiga posibles delitos de abuso de confianza, falsedad documental o dolo. Para ello está recabando testimonios, peritajes documentales y revisiones en los registros de la propiedad.

De confirmarse los hechos, se trataría de un grave atentado contra los derechos de personas en situación de vulnerabilidad.

Los investigadores atribuyen a la trama los presuntos delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad documental, blanqueo de capitales y organización criminal.

FUE CONDENADO EN 2014 POR EL SUPREMO POR NEGLIGENCIA

En 2014 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirmó la condena que le había impuesto la Audiencia Provincial de Barcelona (sentencia número 126/2014, de 18 de marzo) por negligencia profesional, al autorizar una compraventa sin informar al comprador de que la vivienda estaba embargada.

El caso surgió cuando Natrolita S.L. adquirió un inmueble por 2,45 millones de euros, ignorando que existía un embargo inscrito horas antes de la firma.

El notario alegó un fallo en la comunicación por fax entre su notaría y el Registro de la Propiedad, pero el Supremo consider´o que esa “ignorancia” no era excusable.

El tribunal aplicó el artículo 146 del Reglamento Notarial, que obligaba al notario a responder por dolo, culpa o ignorancia inexcusable, y le impuso —junto con la vendedora, Sermas S.L.— el pago solidario de la indemnización.

El fallo reforzó la doctrina sobre la responsabilidad civil de los notarios y subraya que deben verificar personalmente el estado registral de los inmuebles.

Un error técnico, recordó el Supremo, no puede justificar la pérdida de seguridad jurídica que los ciudadanos depositan en la fe pública notarial.

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