La Fiscalía Anticorrupción ha defendido que las actuaciones iniciales del conocido como caso Montoro se ajustaron “a derecho”, respaldando tanto la resolución que dio origen a la investigación como la incorporación de correos electrónicos incautados en otra causa.
La fiscal Carmen García Cerdá solicita que se desestime el recurso presentado por Equipo Económico, el despacho situado en el centro de la presunta trama de favores fiscales a empresas —principalmente del sector gasista— durante la etapa de Cristóbal Montoro como ministro de Hacienda. La firma había pedido a la Audiencia Provincial de Tarragona que anulase los autos que permitieron abrir el caso, incluidas las entradas y registros donde aparecieron, de manera “casual”, correos que apuntaban al despacho.
Según la fiscal, los autos dictados en el verano de 2018 en “procedimientos distintos” son “ajustados a derecho”, por lo que no procede declarar su nulidad ni la de la incautación de los correos aportados.
Entre los mensajes intervenidos figura uno enviado por Rubén Folgado, director técnico de la empresa Messer, a su director general Karl Hauck el 5 de diciembre de 2013. En él señalaba que, para lograr sus objetivos, “la vía más directa, como siempre, es pagar a Equipo Económico, que tiene contacto directo con el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro”.
Los correos del caso Montoro respetan la LeCrim
La fiscal sostiene que el auto que permitió el uso de esos correos “respeta escrupulosamente” la Ley de Enjuiciamiento Criminal en lo referido a la validez de información obtenida en otro procedimiento y a los llamados “descubrimientos casuales”. Subraya además que el juez de la causa original ya fundamentó en 2017 la legitimidad de la medida al valorar su necesidad, relevancia social, oportunidad, idoneidad y proporcionalidad.
En su escrito, García Cerdá argumenta que el volcado de las cuentas de correo “cumplió el mandato” judicial y que la incautación “estaba autorizada”, dado que respondía a los fines de la investigación. Como prueba de su relevancia, destaca que el magistrado decidió deducir testimonio en lugar de desvincular esa información del procedimiento principal.
Respecto al auto que en agosto de 2018 abrió diligencias por el “hallazgo casual”, la Fiscalía también lo considera conforme a derecho, pues revelaba hechos inicialmente ajenos a la causa principal y “con tintes de delito”, circunstancia que —recuerda— se ha confirmado posteriormente.