La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el ‘pequeño Nicolás’, del delito de usurpación de funciones por el que le condenaba la Audiencia Provincial de Madrid. Y con ello, mantiene únicamente el alto tribunal el delito continuado de falsedad en documento oficial, por el que fue condenado a dos años de prisión.
Un joven de apenas 20 años de edad, con cara de niño, que engañó a empresarios y políticos haciéndose pasar por un alto cargo de Vicepresidencia del Gobierno, CNI y Casa Real. Este era Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido posteriormente como ‘pequeño Nicolás’.
Así pues, el joven «mantenía relaciones con importantes autoridades», a las que, «conscientemente y con clara intención de aparentar», se presentaba como un empleado vinculado a las altas esferas políticas del país. Ello, incluso mostrando documentación que, aparentemente, confirmaba su relación con el Ejecutivo, la Casa Real o el CNI.
Algo que cambiaba el 14 de octubre de 2014. Día en el que la Policía Nacional detenía al pequeño Nicolás. Ello, encontrando en su domicilio documentos con el escudo de Presidencia del Gobierno. También con el sello constitucional del CNI, o documentos con el emblema del Ministerio de Interior.
Eso sí, sin que «ninguno de los documentos intervenidos fueran confeccionados ni emitidos por ningún organismo o departamento ministerial».
Caso ante el que la Audiencia Provincial de Madrid condenaba a Francisco Nicolás. Ello, como responsable de un delito de usurpación de funciones públicas, a 17 meses de prisión. También por un delito continuado de falsedad en documento oficial, a dos años de prisión. Ello, además, sumándole una multa de nueve meses y quince días, con una cuota diaria de 30 euros. Pero absolviéndole del delito de estafa que pesaba sobre él.
El pequeño Nicolás, absuelto de usurpación de funciones
Sentencia 633/2022 contra la que el pequeño Nicolás presentaba un recurso de casación ante el Supremo.
En concreto, el caso del pequeño Nicolás llegaba ante la Sala de lo Penal del alto tribunal. Sala compuesta por los magistrados Julián Sánchez Melgar (ponente), Antonio del Moral García, Ángel Luis Hurtado Adrián, Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García.
Magistrados que, en su sentencia 885/2025, de 29 de octubre de 2025, han estimado algunas de las pretensiones del condenado. En concreto, sobre el delito de usurpación de funciones públicas.
«Se queja el recurrente de que, partiendo del relato fáctico de la sentencia recurrida, no se describen los elementos del tipo penal definido como usurpación de funciones», expone la defensa. Un motivo de recurso que valora el alto tribunal. Ello, debido a que las funciones que presumía realizar no eran reales, sino fruto de la inventiva del condenado.
Así pues, recuerda el Supremo que la usurpación «se trata, a la postre, de la ocupación ilícita de cualidades profesionales públicas».
«El artículo 402 CP exige que los actos realizados sean propios de una autoridad o funcionario. Lo que exige que el cargo que se dice ostentar exista y tenga atribuidas las funciones que se realizan indebidamente. En este caso, el cargo no existía», expone el alto tribunal.
Y es que, en el caso de Francisco Nicolás, «simula aparentar una influencia como agente de inteligencia». Un «comportamiento nada ético y desde luego, totalmente reprochable», destaca el Supremo, pero no suficiente para ser considerado usurpación de funciones.
No es la única pena de prisión para Francisco Nicolás
Valoración por la que el Supremo estima el recurso de casación. Y con ello, casa y anula la condena por este delito al pequeño Nicolás. Ello, manteniendo el delito de falsedad documental, así como su condena por este delito.
El tribunal tendrá que determinar la entrada en prisión del pequeño Nicolás, después de sumarse esta condena a la ya establecida por este alto tribunal de un año y nueve meses por falsear su DNI. Dos sentencias firmes que podrían conllevar a que el tribunal determine su entrada en prisión.
Del mismo modo, también pesa sobre el pequeño Nicolás, sin que sea firme, la condena de la AP de Madrid a cuatro años y tres meses de prisión. Ello, por acceder a base de datos policiales en 2014.