La Dirección Gerencial del Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha reconocido expresamente la existencia de negligencia médica en el fallecimiento de un paciente malagueño de 56 años, ocurrido en junio de 2019, por laf alta de seguimiento cardiológico tras una compleja cirugía cardiaca.
La esposa e hijo del paciente fallecido, defendida por el abogado experto en Derecho Sanitario Damián Vázquez, deberán ser resarcidos con una indemnización de 261.207 euros.
«Esta resolución constituye un precedente relevante en materia de responsabilidad patrimonial sanitaria en Andalucía, demostrando que la Administración tiene el deber de garantizar un seguimiento riguroso en pacientes con patologías cardiovasculares complejas».
Controles médicos que no se realizaron al paciente
Los hechos se remontan al 14 de febrero de 2000 cuando Arturo (nombre ficticio) se sometió a una intervención quirúrgica de sustitución valvular aórtica por una bioprótesis en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz a causa de una insuficiencia aórtica masiva infectada.
Tras el alta médica, los médicos prescribieron explícitamente que el paciente debía volver todos los años al Hospital para pasar por un control periódico de ecocardiogramas.
El seguimiento se realizó adecuadamente durante los primeros quince años. Sin embargo, entre los ecocardiogramas de febrero de 2015 y mayo de 2016 se detectaron signos evidentes de deterioro de la bioprótesis implantada, como un aumento moderado de gradientes (probable pannus) e hipertrofia ventricular izquierda.
El problema llegó tras estos hallazgos, pues no solo no se realizó ningún tipo de corrección, sino que durante los tres siguientes años no llamaron al paciente a realizar su ecocardiogramas anuales.
«La omisión total de este seguimiento durante años, a pesar de detectarse anomalías alarmantes en 2015 y 2016, constituyó negligencia clara que permitió la libre evolución de su enfermedad hasta resultar en su muerte. No se realizan las revisiones adecuadas en el tiempo, no siendo por ello posible recambio de prótesis valvular cardiaca», denuncia el abogado.
En abril de 2019 el paciente fue trasladado de urgencia Hospital Puente de Europa de Algeciras en estado crítico por insuficiencia cardíaca descompensada. Las pruebas confirmaron una prótesis gravemente deteriorada y la necesidad urgente de recambio valvular. Sin embargo, fue dado de alto sin que se practicara la intervención.
En la semanas siguientes acudió repetidamente a urgencias con síntomas cada vez más graves. A pesar de ello, volvió a ser dado alta en varias ocasiones. El 20 de junio de 2019 falleció definitivamente.
El dictamen médico reconoce justificada la reclamación
El informe médico-legal incorporado al expediente fue determinante. El propio Servicio de Gerencia de Riesgos del SAS concluyó que el seguimiento cardiológico debía haberse mantenido de forma anual y que, ante los hallazgos patológicos detectados, era obligado realizar pruebas complementarias sin demora.
El dictamen reconoce que, de haberse actuado conforme a los protocolos, el deterioro de la prótesis habría sido detectado a tiempo, permitiendo una intervención quirúrgica en mejores condiciones y evitando el riesgo vital que finalmente condujo al fallecimiento.
«La resolución del Servicio Andaluz de Salud reconociendo expresamente esta responsabilidad es un paso fundamental hacia una administración sanitaria más diligente. Debe servir de llamada de atención a todos los centros sanitarios sobre la obligación de mantener protocolos de seguimiento en enfermedades crónicas complejas», concede el abogado que ha conseguido este reconocimiento.
«Como Asociación que representa los derechos de los pacientes, exigimos que esta resolución sirva como punto de inflexión para mejorar los sistemas de seguimiento clínico en patologías crónicas complejas. Los pacientes tienen derecho a una sanidad rigurosa, protocolizada y responsable. La Administración debe asumir plenamente sus obligaciones de diligencia médica», añade Carmen Flores, presidenta de la Asociación de Pacientes.