El Tribunal Supremo prevé juzgar el próximo mes de abril al exministro José Luis Ábalos, a su exasesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia.
Antes de la vista oral, el alto tribunal celebrará una audiencia preliminar el 6 de febrero a las 10.00 horas para analizar las cuestiones planteadas por las defensas.
Si estas no prosperan, el juicio se celebrará en abril, en fechas aún por concretar.
Esta audiencia se regula en la Ley de Eficiencia del Poder Judicial, la cual ha modificado el artículo 785 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El objeto de la misma es el de examinan cuestiones previas al juicio, como la admisión de las pruebas propuestas, la depuración de cuestiones procesales que puedan impedir o retrasar la celebración del juicio oral o hacer necesaria la suspensión o nulidad de actuaciones y la validez y alcance de las pruebas.
Su función es la de depurar el procedimiento antes de la vista oral y evitar incidencias posteriores.
El mismo precepto permite proponer nuevos documentos o pruebas no conocidas en el momento de presentar los escritos de acusación o defensa.
Tras la audiencia, el tribunal decidirá qué pruebas admite por considerarlas pertinentes y cuáles rechaza, normalmente de forma oral, salvo que la complejidad del caso aconseje una resolución por escrito.
En el plano penal, la Fiscalía solicita 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo García y siete años para Aldama.
Las acusaciones populares, encabezadas por el Partido Popular, elevan la petición a 30 años de cárcel para el exministro y su exasesor, y mantienen para el empresario la misma pena que el Ministerio Público.
El tribunal estará integrado por el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, junto a los magistrados Manuel Marchena, Andrés Palomo, Ana Ferrer, Eduardo de Porres, Julián Sánchez Melgar y Javier Hernández.
El instructor de la causa, Leopoldo Puente, acordó el procesamiento al apreciar indicios de que los acusados se habrían concertado para aprovechar la posición y la influencia del entonces ministro con el fin de obtener beneficios económicos mediante la adjudicación de contratos públicos.