Vivimos tiempos muy convulsos en la política, yo diría que altamente degradada, con duros enfrentamientos entre los diferentes partidos políticos y sus respectivos lideres, que más que debatir sobre cómo solucionar los problemas de la sociedad, no pocos, desde sus diferentes puntos de vista, y lograr que a sus ciudadanos no les falten los recursos necesarios para tener una vida digna, dedican buena parte de su tiempo a otros menesteres, como a la crítica sistemática del contrincante. Aunque sin entrar por lo general en el fondo de los asuntos que preocupan a la ciudadanía, y con una alta tasa de corrupción, que se viene arrastrando desde hace décadas, llegando a colapsar incluso ciertos tribunales, que tanto daño hace a las finanzas públicas y al prestigio de las instituciones democráticas, y que pone en cuestión la legitimidad del alto precio de impuestos, directos e indirectos, que debemos pagar los ciudadanos, así como una desconfianza de estos hacia esas instituciones.
Deberían eliminarse cuantos gastos superfluos sean posibles e incrementarse los verdaderamente necesarios, como los que requiere una buena infraestructura, mejorada, y bien mantenida, de nuestra valiosa red ferroviaria. Y debería hacerse todo lo posible en vía judicial para la recuperación de los cuantiosos activos sustraídos a las arcas de la hacienda pública, luego de todos, como consecuencia de la corrupción pública, que tanto daño está causando a los españoles.
Tiempos convulsos también en la Justicia, pero no en cuanto a la labor de sus profesionales, jueces, fiscales, abogados, procuradores, funcionarios, que está comprobado realizan una labor excelente, sino en cuanto a su funcionamiento, porque a partir de la Ley 1/2025, más que mejorar la eficiencia del sistema judicial, lo que se está logrando es el efecto contrario, esto es, su ineficiencia, con una nueva organización que se está revelando, al menos por el momento, como altamente perturbadora para los profesionales.
Y es que se olvida una vez más que toda reforma de la Justicia debería contar con el mayor consenso posible, con quienes están inmersos en el funcionamiento diario de juzgados y tribunales, previa preparación de un buen libro blanco de la Justicia y, sobre todo, que reformas de semejante profundidad no se pueden ejecutar con las prisas que se ha querido imprimir a la mencionada, que está trayendo de cabeza a todos los operadores jurídicos y funcionarios, creándose un auténtico caos en la labor diaria de los órganos jurisdiccionales, en especial en los juzgados. Se olvida el sabio refrán popular: “las prisas no son buenas consejeras”.
Y por si fuera poco lo anterior, a nivel internacional las cosas no van mejor, con conflictos en Ucrania, con una guerra que dura ya más de tres años, y que atañe muy de cerca a Europa, la crisis en Oriente Medio, además de las tensiones tanto en Iberoamérica como en Asia, sólo por citar algunas de las muchas preocupaciones que hoy dominan el panorama internacional, con graves riesgos a nivel global, con una ONU prácticamente desaparecida, y una Unión Europea, con una burocracia desbordante que dificulta su operatividad, que no acaba de ocupar en el orden mundial el lugar que le corresponde.
Y volviendo a nuestro país, vivimos tiempos de permanente protagonismo de la Justicia penal, un protagonismo que no debería tener.
Hasta ahora, sobre todo, delitos relacionados con el derecho penal económico y, más en general, delitos relacionados con los negocios y las empresas, destacando, por la mayor preocupación que generan para el correcto funcionamiento del Estado democrático aquellos que tienen como base prácticas corruptas entre operadores económicos y gestores públicos, políticos, o entre empresas y partidos políticos, y ello a pesar del compromiso por la lucha contra la corrupción, tan aireado por los políticos, lo que me hace recordar ese otro refrán, según el cual “las palabras se las lleva el viento”, esto es, lo importante no es lo que se dice, sino lo que se hace, los resultados, más que lo que se predica y, por supuesto, la coherencia, un valor tan ausente en los tiempos actuales.
Judicialización del accidente de Adamuz
A lo anterior se ha sumado ahora el accidente ferroviario producido el 18 de enero pasado, entre un tren Iryo, que realizaba el trayecto entre Málaga y Madrid y que descarriló a la altura de Adamuz (Córdoba) a gran velocidad, provocando asimismo el descarrilamiento de un tren Alvia que circulaba en sentido contrario, con un resultado de 45 fallecidos, multitud de personas lesionadas y graves daños.
Ya no son, pues, las finanzas del Estado las afectadas, aunque también, sino las vidas e integridad física de muchas personas, que han sufrido este desastre humanitario, con el que se pone en cuestión la seguridad en el transporte ferroviario prestado por una empresa pública, RENFE, y cuya infraestructura, como las vías y estaciones, está a cargo de ADIF, otra entidad pública, ambas dependientes del Ministerio de Transportes.
Habrá que esperar los resultados de las investigaciones que se están practicando, así como de los informes periciales que se lleven a cabo por los expertos, pero es muy probable que este gravísimo accidente se judicialice en vía penal, porque por lo conocido hasta el momento, hay elementos indiciarios que apuntan a posibles imprudencias, a determinar en el procedimiento que pueda llevarse a cabo, que pudieran tener relevancia jurídico penal.
Las manifestaciones de viajeros denunciando, desde hace meses, vibraciones en el tramo donde se produjo el accidente, llegando a afirmar que el tren “sube y baja” y que te llegas a marear como en un barco, o que “pega muchos botes”, o lo que al parecer dijo uno de los viajeros tras la catástrofe, en el sentido de que “el tren va como loco, dando un montón de movimientos bruscos, y me he despertado, que va superrápido, y muy brusco”, el déficit de inversión en las infraestructuras a pesar de la liberación que se produjo en 2021 por el gobierno actual y siendo ministro el señor Ábalos, hoy en prisión por la trama de corrupción en la que presuntamente estuvo implicado y, en fin, el incremento en el número de fallos en la infraestructura de las vías, revelan que en el accidente de trenes de Adamuz se han podido producir posibles comportamientos omisivos, que pudieran ser equivalentes a una realización activa, por parte de quienes ostentaran el deber de garantía sobre el correcto y seguro funcionamiento de cada actividad previa que hace posible el transporte ferroviario bajo condiciones de seguridad.
Quiero decir que no sólo las acciones previstas en el Código Penal, sino también las omisiones, a las que se refiere el artículo 11 de este mismo texto legal, pueden ser castigadas penalmente, omisiones como aquellas que surgen del cuidado de una fuente de peligro, riesgosa, como es, sin duda, el transporte ferroviario, para proteger así a cuantas personas lo utilicen; son garantías de seguridad que deben asumir aquellos que tengan dicha posición de garante, y cuyo cumplimiento es absolutamente necesario en una sociedad de riesgos, como ocurre con toda sociedad moderna, para evitar así que se produzcan resultados como los del accidente de trenes de Adamuz.
Se trata de lo que no se ha hecho
Aquí, pues, no se trata ya, como ocurre en tantos casos, de lo que se haya hecho, sino de lo que no se ha hecho, con obligación de hacerlo por la posición asumida de garantía por el cargo ostentado para evitar resultados indeseables.
No sirve, pues, lo que con frecuencia se alega comúnmente por los investigados presuntos responsables, en el sentido de no haber hecho nada, porque precisamente por semejante circunstancia, esto es, por no haber hecho nada o no haber hecho lo suficiente para evitar los resultados producidos, es por lo que aquellos pueden llegar a ser condenados por el delito omisivo de homicidio, lesiones y daños, por imprudencia, que entren en consideración.
Y aunque no cabe duda que tanto en supuestos como los que aquí se mencionan, como en otros, en especial tratándose de grandes empresas, es necesario que los deberes y posiciones de garante sean delegables, porque es imposible que las diferentes funciones que se deban llevar a cabo para cuidar una fuente de peligro las asuma una única persona, tal delegación ha de hacerse siempre en personas que reúnan las condiciones precisas para poder cumplir las funciones asignadas, proporcionándoseles los medios necesarios para su cumplimiento, quedando entonces exento de responsabilidad el garante originario.
Por tanto, la persona delegada ha de tener la necesaria competencia y especialidad acreditadas, como debería ocurrir también en los consejos de administración, de los que sólo deberían formar parte profesionales especializados en economía y derecho, e incluso a nivel político, independientemente de la discrecionalidad que rige los nombramientos, los cargos públicos, a todos los niveles, deberían contar con una elevada formación en materia propia de la responsabilidad a desempeñar, en especial cuando esta exige conocimientos técnicos que sólo los tienen aquellos que acrediten poseerlos, no bastando para ello rodearse de asesores, que además tampoco cuentan siempre con tales conocimientos, tarea que muchas veces podría ser asumida por los diferentes cuerpos de funcionarios, que en España es uno de los valores más indiscutibles y mejor reconocidos.
Así se evitaría, o se reduciría considerablemente, que se produjeran situaciones como la que el pasado día 18 conmocionó a toda España.