El magistrado Adolfo Carretero considera que la renuncia de la actriz Elisa Mouliaá, a seguir acusando a Íñigo Errejón, tenía que haber sido suscrita por su abogado y procurador, por lo tanto no es válida. Foto: Confilegal.

El magistrado Carretero no da por buena la renuncia de Mouliaá y sigue con el juicio contra Errejón

13 / 02 / 2026 13:07

Actualizado el 13 / 02 / 2026 13:10

El magistrado instructor de la causa contra el exdiputado Íñigo Errejón, Adolfo Carretero, no considera válida la renuncia a continuar con la acusación por parte de Elisa Mouliaá y ha dado por válida su decisión de permanecer en esa guisa.

A pesar de que la abogada de Errejón, Eva Gimbernat, recordó al magistrado que tanto el Código Civil como la Ley de Enjuiciamiento Civil establecen que quien retira la acusación no puede luego cambiar de opinión y reactivarla porque la renuncia a un derecho es definitiva, el magistrado considera que el escrito de Mouliaá de 4 de febrero, abandonando, no puede ser considerado como válido.

A juicio de Carretero, dicho escrito debería haber venido avalado por las firmas del abogado y el procurador de la actriz.

La renuncia solo habría sido «irrevocable si la señora se hubiera personado como acusación particular con Abogado y Procurador, máximo cuando ya ha presentado escrito de acusación, pues si se diese validez a esa renuncia sería también válidos cualesquiera escritos que presentasen los perjudicados in firma de letrado y procurador, como por ejemplo escrito de acusación o petición de diligencias, lo que no es admisible por razones de seguridad jurídica ya que la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige a quienes se personan en los procedimientos que sus escritos vengan siempre con la firma de Abogado y Procurador, incluyendo la renuncia. la petición penal que no puede ser una excepción», dice Carretero en un auto que tiene fecha de ayer y al que ha tenido acceso Confilegal.

El escrito de 4 de febrero, recuerda el titular de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 47 (antes Juzgado de Instrucción 47), presentado por Mouliaá «no solo no ha sido subsanado sino que tampoco ha sido ratificado» por el Abogado y Procurador.

Para concluir, Carretero rechaza el archivo de la causa, solicitado por la defensa del exdiputado y cita otra vez a Errejón el 17 de febrero a las 10 de la mañana para comunicarle personalmente el auto de apertura de juicio oral, que abre las puertas de la causa al proceso público.

Carretero comunicará su decisión a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, la cual tiene que pronunciarse sobre el recurso de apelación de Errejón contra el auto de apertura de procedimiento abreviado, una fase anterior de la causa, con el que dio fin a la fase investigadora.

En 79 páginas, la defensa de Errejón afirmaba en ese recurso que Mouliaá modificó su relato, borró mensajes, eliminó pruebas y presionó a testigos. También sostiene que la instrucción ha ignorado elementos clave que, según mantiene, desmontan a la acusación.

La Fiscalía de Madrid, por su parte, pidió al juez que archivara la causa al considerar «insuficientes» los indicios. Además, en su escrito de conclusiones provisionales, ha solicitado la «libre absolución» de Errejón porque «los hechos no son constitutivos de delito».

La abogada Gimbernat, en dicho recurso solicita el archivo de la causa.

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