En los últimos años, el empleo reiterado del decreto-ley como remedio frente a la falta de apoyos parlamentarios se ha intensificado, hasta convertirse en una auténtica patología institucional.
La Constitución española contempla el decreto-ley como un instrumento excepcional, reservado para situaciones de “extraordinaria y urgente necesidad”.
Sin embargo, su uso sistemático como atajo legislativo desdibuja el equilibrio entre poderes, vacía de contenido la deliberación parlamentaria y reduce el espacio para el debate público y el consenso.
De esta manera, se erosiona el papel de las Cortes como órgano representativo y se debilita la legitimidad de las leyes, ya que medidas de gran calado se adoptan sin el escrutinio ni la participación efectiva de los grupos parlamentarios.
El resultado es una democracia menos transparente y más expuesta a la discrecionalidad del Ejecutivo.
El decreto-ley permite al Gobierno actuar con rapidez, pero lo hace a costa de arrinconar al Parlamento, reducido a una alternativa elemental: convalidar o derogar el texto en bloque.
No hay enmiendas, no hay deliberación detallada, no hay negociación real. Cuando esta fórmula deja de ser excepcional y se convierte en rutina, el sistema de pesos y contrapesos empieza a renquear.
Decreto-ley ómnibus
El reciente decreto-ley ómnibus, finalmente rechazado por la oposición, ilustra bien esta deriva. En un solo texto se mezclaban medidas heterogéneas, de alcance y naturaleza muy distinta, obligando a los grupos parlamentarios a aceptar un paquete cerrado en el que se confunden asuntos inconexos.
La técnica de mezclar churras con merinas no es un descuido: es un método.
Este procedimiento dificulta la transparencia y diluye la rendición de cuentas. El ciudadano no sabe con claridad qué se aprueba, por qué se aprueba ni quién responde políticamente de cada decisión. Al vincular materias dispares de forma deliberada, el Gobierno desplaza la presión desde el debate al ultimátum: o todo o nada.
El recurso constante al decreto-ley, revela una paradoja inquietante: la urgencia ya no deriva tanto de la naturaleza de los problemas como de la incapacidad del Gobierno para articular mayorías estables.
La urgencia deja de ser un dato objetivo y pasa a ser una coartada política. Cuando eso ocurre, el instrumento excepcional se trasforma en sucedáneo ordinario de la ley.
«Gobernar sin mayorías puede resultar incómodo. Gobernar prescindiendo del Parlamento y hacerlo, además, a base de mezclarlo todo, es algo más serio: es asumir que el procedimiento es un estorbo y que, llegado el caso, el fin lo justifica todo».
En los últimos años se han aprobado numerosos decretos-ley para cuestiones que tradicionalmente exigían debate parlamentario. Aunque existen circunstancias extraordinarias que pueden justificar este recurso, su normalización erosiona la función deliberativa de las Cortes, reduce el control parlamentario y empobrece el debate público.
Esta forma de gobernar cuenta, además, con el respaldo del Tribunal Constitucional, que ha estirado el concepto de “extraordinaria y urgente necesidad” —recogido en el artículo 86 de la Constitución— hasta hacerlo compatible con la simple falta de apoyos parlamentarios.
Una interpretación muy discutida, avalada con votos particulares críticos, que consagra una mutación silenciosa del sistema sin debate público ni mandato ciudadano.
El efecto es claro: en lugar de corregir la anomalía de gobernar sin mayoría, se la normaliza. El problema político no se afronta, se legaliza. La excepción se convierte en costumbre y el atajo en método.
Preservar la calidad institucional exige algo más incómodo que el decreto-ley: debate, negociación y respeto a las formas. Incluso —o sobre todo— cuando los números no salen.
La opinión pública apenas percibe esta mutación, pero sus efectos son profundos y duraderos. Se ha introducido de facto una reforma constitucional silenciosa, asumida como práctica ordinaria.
Una herramienta legítima para emergencias
El decreto-ley es una herramienta legítima cuando responde a emergencias reales. Usarlo como muleta parlamentaria erosiona la función de las Cortes, debilita la separación de poderes y empobrece la democracia representativa.
Cuando en un mismo texto —deliberadamente confundidas para forzar adhesiones— se mezclan ayudas a Ucrania con una reforma sustancial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el problema deja de ser la urgencia y pasa a ser el método.
Gobernar sin mayorías puede resultar incómodo. Gobernar prescindiendo del Parlamento y hacerlo, además, a base de mezclarlo todo, es algo más serio: es asumir que el procedimiento es un estorbo y que, llegado el caso, el fin lo justifica todo.