Según las instituciones firmantes, lo MASC obligatorios en familia puede acabar provocando un escenario de desprotección de los menores. Foto: Confilegal

Abogados y procuradores de familia exigen el fin de los MASC en los casos con menores e internacionales

19 / 03 / 2026 12:59

Actualizado el 19 / 03 / 2026 15:35

La exigencia de acudir a un método adecuado de resolución de controversias, MASC, en procesos de familia puede acabar provocando un escenario de desprotección de los menores y personas con discapacidad involucrados.

Esta es la afirmación que han realizado, este jueves, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), el Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid (ICPM), el El Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona y la Asociación Profesional de Letrado de la Administración de Justicia (PROLAJ).

Instituciones que, en un comunicado conjunto, han mostrado su preocupación sobre la imposición de este proceso prejudicial en el caso de demandas de familia en las que hay involucrados menores.

«La exigencia de acudir a un MASC en procesos derivados de crisis familiares con menores está provocando escenarios de desprotección de los menores, y una dilación injustificada en obtener la tutela de sus derechos», critican en la misiva.

Una obligación prejudicial que, en un proceso de divorcio, separación o nulidad, «contraviene el propio fundamento de la LOMESPJ, además de no resultar útil ni servir para liberar de carga a los tribunales».

Ello, «habida cuenta de que, alcanzado un acuerdo, éste deberá contar forzosamente con la ratificación de la autoridad judicial», según el artículo 777 LEC.

Realidad normativa ante la que las instituciones firmantes trasladan al Ministerio de Justicia la «necesidad de ampliar el ámbito de excepción de los MASC». Y así, eliminar de los mismos a los procesos de familia con menores.

Los procedimientos transfronterizos, también fuera de los MASC

Una solicitud al Ministerio de Justicia que procuradores y abogados extienden en el caso de los asuntos transfronterizos.

«La exigencia de los MASC en asuntos transfronterizos, junto con la inexistencia de un reconocimiento legal atribuyendo a la formulación del MASC el inicio de la litispendencia está provocando gravísimas distorsiones en el tráfico jurídico», asegura el escrito, al que ha tenido acceso Confilegal.

Ello, debido a que esta obligación prejudicial «provoca inmediatamente el efecto llamada al eventual demandado para alterar la competencia internacional en favor de los tribunales de otro Estado».

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