Las cuatro asociaciones protagonizan un nuevo «Fuenteovejuna» contra el CGPJ por la postura adoptada en el último Pleno de no aplicar la normativa de prevención de riesgos laborales a la carrera judicial. Sobre estas líneas, los líderes de las cuatro asociaciones: María Jesús del Barco (APM), Marien Ortega (AJFV), Edmundo Rodríguez Achútegui (JJpD), y Roberto García Ceniceros (FJI).

Las asociaciones judiciales rechazan el acuerdo del CGPJ por excluir la prevención de riesgos laborales en la carrera judicial, en contra de la doctrina del Tribunal Supremo

27 / 03 / 2026 09:46

Actualizado el 27 / 03 / 2026 09:46

Las asociaciones judiciales Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y Foro Judicial Independiente (FJI) rechazan de forma expresa el acuerdo aprobado por el último Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que niega la aplicabilidad de la normativa de prevención de riesgos laborales a jueces y magistrados, al considerar que vulnera tanto el marco normativo vigente como la doctrina consolidada del Tribunal Supremo.

En un comunicado conjunto, las asociaciones califican la decisión como jurídicamente incompatible con la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.

Y denuncian que el órgano de gobierno de los jueces ha optado por un modelo regulatorio alternativo que rebaja las garantías propias del sistema preventivo general, sustituyéndolo por un régimen específico carente de los elementos estructurales de evaluación, planificación y prevención exigidos por el ordenamiento.

En contra de lo establecido por el Tribunal Supremo

El rechazo se fundamenta, de manera central, en la contradicción directa del acuerdo con la sentencia 581/2023, de 22 de septiembre, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Según subrayan, dicha resolución declara que el CGPJ ha asumido una obligación jurídica concreta de regular la carga de trabajo a efectos de salud laboral, en cuanto factor de riesgo psicosocial, y que dicha obligación no puede quedar reducida a compromisos programáticos ni a actuaciones reactivas en casos individuales.

Las asociaciones sostienen que el Pleno, al negar la plena aplicabilidad de la normativa preventiva, se aparta del mandato jurisprudencial que exige la identificación, evaluación y gestión preventiva de los riesgos psicosociales con carácter general, incluida la fijación de cargas de trabajo compatibles con la salud laboral.

A su juicio, el modelo aprobado insiste en una lógica reactiva que el propio Tribunal Supremo ha considerado contraria a los principios de la prevención de riesgos laborales.

El CGPJ se ha apartado de sus propios actos

El comunicado subraya asimismo que el acuerdo implica un apartamiento de los propios precedentes del CGPJ, que, en instrumentos como el Convenio de 2010 con el Ministerio de Justicia, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial 2015-2016 o el documento sobre cargas de trabajo a efectos de salud, había reconocido expresamente la inclusión de jueces y magistrados en el ámbito de la normativa preventiva y la necesidad de tratar la carga de trabajo como riesgo psicosocial.

En este contexto, las asociaciones destacan que dentro del propio Pleno existieron posiciones favorables a la aplicabilidad de la normativa preventiva.

Sin nombrarlos expresamente, los vocales Carlos Hugo Preciado e Inés Herreros, defendieron una interpretación alineada con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y con la doctrina del Tribunal Supremo, si bien dicha posición no resultó mayoritaria. De hecho, perdieron por 19 a 2.

«La propuesta rechazada por el Pleno partía precisamente de la aplicación plena de la normativa europea y nacional de prevención de riesgos a la Carrera Judicial e incluía medidas para: evaluar y gestionar riesgos, incluidos los psicosociales; regular las cargas de trabajo a efectos de salud laboral; fortalecer el servicio de prevención; coordinar CGPJ, Ministerio y Comunidades Autónomas; y garantizar la participación de la Carrera Judicial en las políticas preventivas», subrayan.

Anuncian batalla en el horizonte

Especialmente críticas se muestran con la incorporación al Reglamento de la Carrera Judicial de un nuevo Capítulo X sobre “salud judicial”, que, según advierten, sustituye el sistema preventivo general por un modelo “más débil y discrecional”, centrado en mecanismos internos, comunicaciones individuales e indicadores, sin asumir de forma efectiva la obligación de regular las cargas de trabajo desde una perspectiva preventiva.

«Sin condiciones de trabajo seguras, con cargas de trabajo reguladas y evaluadas preventivamente, no hay protección real de la integridad física y moral de jueces y magistrados, ni tampoco una independencia judicial materialmente garantizada», dicen en su comunicado.

Frente a ello, las asociaciones reivindican un marco plenamente integrado en la normativa europea y nacional de prevención de riesgos laborales, que incluya la evaluación sistemática de riesgos —especialmente los psicosociales—, la planificación preventiva, la regulación objetiva de las cargas de trabajo y la participación de la Carrera Judicial en las políticas de salud laboral.

En consecuencia, anuncian el uso de los cauces institucionales para exigir el cumplimiento efectivo de la normativa de prevención y de la doctrina jurisprudencial aplicable.

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