menores migrantes canarias gobierno ts
Por otro lado, el Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelarísima del mismo real decreto sobre la regularización de migrantes. Foto: EP

El Supremo reclama al Gobierno un expediente sobre la regulación extraordinaria de migrantes, pero rechaza la suspensión cautelarísima

16 / 04 / 2026 15:54

Actualizado el 16 / 04 / 2026 16:02

El Tribunal Supremo ha requerido al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que remita el expediente administrativo del real decreto de regularización extraordinaria de migrantes aprobado por el Gobierno, en un “improrrogable plazo” de 20 días.

Así consta en una diligencia de ordenación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en la que el alto tribunal admite a trámite el recurso interpuesto por la asociación Hazte Oír contra la citada norma.

En su recurso, la asociación solicitaba la suspensión cautelar del real decreto al considerar que excede los límites legales y “altera de forma estructural la política migratoria del Estado, con efectos directos y duraderos”.

El escrito sostiene que el decreto “producirá efectos directos sobre ámbitos materiales de la vida pública”, tanto en lo relativo a la defensa de los valores constitucionales y los principios democráticos como en la protección de la familia.

Asimismo, Hazte Oír advierte de que la regularización extraordinaria generará efectos jurídicos “inmediatos”, entre ellos la concesión de autorizaciones de residencia y trabajo, el alta en la Seguridad Social, el acceso a prestaciones y la suspensión de órdenes de expulsión firmes.

Según expone, la aplicación de la norma podría dar lugar a derechos consolidados o de difícil reversión, incluso en el caso de que una eventual sentencia estimatoria se dictase en el futuro.

«Cautelarísimas» ante el RD de migrantes

Por otro lado, el Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelarísima del mismo real decreto que había solicitado la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica.

En un auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima la adopción de esta medida al considerar que no concurren circunstancias de especial urgencia que la justifiquen.

Los magistrados han acordado tramitar el incidente cautelar por el procedimiento ordinario, concediendo un plazo de 10 días a la parte demandada para formular alegaciones.

Noticias relacionadas:

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

El Supremo mantiene la orden de detención de Puigdemont y rechaza aplicarle la amnistía

La AJFV sale en defensa del Supremo por la «Ley de Nietos» y pide al CGPJ que proteja la independencia judicial

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

El TS justifica su decisión de la «ley de nietos» ante el «peligro fundado» de que afecte a la transparencia electoral

Puente acusa a algunos jueces de querer «gobernar el país por detrás» y señala a María Tardón y al Supremo

Lo último en Tribunales

Tarbajadores de Limpieza

El TSJEx confirma 1.500 € por daños morales para cada uno de los 29 trabajadores a los que sus empresas recortaban el descanso

PUIGDEMONT TC

El Constitucional entra en la recta final de la amnistía con la vuelta de Puigdemont en el horizonte

guardia civil acosada

Seis meses de prisión a un brigada de la Guardia Civil por enviar mensajes sexuales a una subordinada pese a su rechazo

Junta Electoral Central(1)

La JEC endurece los requisitos de arraigo electoral en plena batalla judicial por la «ley de nietos»

anboto Miguel Ángel Blanco

La Fiscalía de la AN se opone de nuevo a la semilibertad de ‘Anboto’ por aproximarse al tercer grado