RTVE, sancionada con 50.000 € por superar el tiempo dedicado a las autopromociones
El programa «Mañaneros» de RTVE tendrá que emitir la rectificación solicitada por la Comunidad de Madrid por los datos incorrectos. Foto: EP

RTVE, condenada por difundir «información tendenciosa» sobre el pago de la Comunidad de Madrid al ICAM por el turno de oficio

23 / 04 / 2026 13:31

Actualizado el 23 / 04 / 2026 13:31

La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 72, ha estimado las pretensiones de la Comunidad de Madrid frente a la Corporación de Radio y Televisión Española S.A. (RTVE). Y así, ha condenado a la entidad pública a rectificar las informaciones publicadas, que vinculaban el pago del Gobierno regional al ICAM, por turno de oficio y justicia gratuita, a la denuncia presentada por el Colegio de Madrid contra el ya exfiscal General del Estado.

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) se personaba en la causa contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, en el juicio en el que se le acusaba de un posible delito de revelación de secretos.

Un delito que habría cometido al hacer públicos los datos referentes a la negociación del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Ignacio González Amador, y la Agencia Tributaria.

Actuación del ICAM que no pasaba desapercibida en los programas televisivos de RTVE. En concreto, en el programa «Mañaneros» de televisión española que, el 1 de diciembre de 2025, vinculaba esta personación en la causa con un abono por parte de la Comunidad de Madrid de cerca de 43 millones al ICAM. También a la obtención, por parte del Colegio, de una licencia para actuar como centro universitario.

«Atención a esto, histórico: la acusación contra el FGE acaba de conseguir una universidad», destacaban desde el programa de RTVE.

Una información que ampliaban a continuación: «La acusación acaba de recibir una fuente de ingresos extraordinaria, histórica, tras la condena al FGE. Después de que la Comunidad de Madrid concediera una subvención de 43 millones de euros menos de una semana después de que interpusiera esa querella por revelación de secretos, la Comunidad de Madrid otorga la licencia al ICAM para que pueda actuar como centro universitario».

Información ante la que la Comunidad de Madrid enviaba un escrito de rectificación a RTVE, así como al presidente de la Corporación, José Pablo López Sánchez. Y que, tras el silencio de la cadena, llegaba ante los tribunales.

RTVE tendrá que rectificar ante la «inexactitud» informativa

Un caso que ahora ha resuelto la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 72, en su sentencia 114/2026. Ello, estimando las pretensiones de la Comunidad de Madrid frente a la televisión pública.

«La Comunidad de Madrid considera que la vinculación que se presenta entre el abono de 43 millones de euros al ICAM y la denuncia, juicio y condena al FGE no responde a la verdad, por cuanto la aportación de este fondo con cargo a los Presupuestos Generales de la CAM va destinada al pago del turno de oficio y de la asistencia jurídica gratuita», defiende la demanda presentada por el Gobierno de Ayuso.

Del mismo modo, defiende el Ejecutivo regional que la «implantación del centro universitario del ICAM cuenta, a día de la fecha, con todos los informes y autorizaciones correspondientes para su establecimiento, a diferencia de lo que en la información comunicada se afirma contraria y erróneamente».

«Los dos objetos de la información se presentan de una forma tergiversada para perjudicar a la Comunidad de Madrid», lamenta la demanda.

Algo ante lo que el Abogado del Estado, en representación de RTVE, muestra su oposición, alegando que los datos de la información son «exactos», y que «las posteriores vinculaciones temporales realizadas por periodistas concretos no dejan de ser criterios, opiniones e interpretaciones», que no deben estar contempladas en el derecho de rectificación.

Una posición que no comparte el tribunal de instancia.

«La demanda debe ser estimada, por considerar que, en contra de lo que sostienen los codemandados, la rectificación que se pretende no versa sobre opiniones, sino sobre hechos que se trasmiten como noticia», destaca el tribunal.

Así, destaca el fallo del tribunal de instancia que «la noticia omite el motivo de tal subvención, que es el turno de oficio. Y precisamente la omisión de ese dato en la noticia lleva a considerar acreditada la inexactitud de la misma».

«La noticia publicada es incompleta, lo que lleva a su inexactitud, puesto que se omiten datos y se mezcla con otras noticias, que pueden llevar al oyente a confusión», critica la magistrada del caso.

Una valoración que lleva al tribunal de instancia a estimar la demanda de la Comunidad de Madrid. Y con ello, a condenar a RTVE, así como a su presidente, a transmitir y difundir íntegramente el texto rectificativo emitido por la Comunidad de Madrid en el programa «Mañaneros». Con imposición de costas.

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