La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha emitido una resolución en la que confirma, por diez votos frente a cuatro, que el derecho de huelga de los trabajadores y de las organizaciones sindicales está protegido por el Convenio número 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación.
Tras conocerse el dictamen del máximo órgano judicial de Naciones Unidas, Comisiones Obreras (CCOO) y Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) han calificado la decisión como una victoria del movimiento sindical, al considerar la Corte que el derecho de huelga es inherente a la libertad sindical.
Para CCOO, la resolución tiene relevancia no solo para los trabajadores y los sindicatos, sino también para los gobiernos y las empresas.
El sindicato liderado por Unai Sordo sostiene que “la claridad jurídica y la previsibilidad en un aspecto tan fundamental del Derecho laboral internacional y del sistema de supervisión de las normas de la OIT son indispensables para unas relaciones laborales estables y un diálogo social eficaz”.
Por su parte, UGT ha señalado en un comunicado que la resolución de la CIJ constituye un “hito” para la defensa de los derechos laborales y refuerza el sistema internacional de protección de la libertad sindical.
Según el sindicato encabezado por Pepe Álvarez, la decisión “pone fin a años de controversia impulsada por el grupo de empleadores de la OIT”, que cuestionaba que el derecho de huelga estuviera amparado por el Convenio 87.
UGT considera que el tribunal respalda así la interpretación mantenida históricamente por las organizaciones sindicales y por los órganos de control de la OIT, consolidando el derecho de huelga como un elemento esencial del trabajo decente y de las sociedades democráticas.
Una controversia abierta desde 2012
En noviembre de 2023, el Grupo Trabajador de la OIT logró que el Consejo de Administración de la organización elevara una consulta a la CIJ con el objetivo de obtener una opinión jurídica que confirmara que la huelga es indisociable de la libertad sindical.
Tras las audiencias celebradas en La Haya en 2025 y la presentación de escritos por parte de decenas de Estados miembros de la OIT —entre ellos España—, así como de organizaciones sindicales y patronales internacionales, la CIJ ha emitido ahora una opinión que, según CCOO, “aporta una base autorizada” para avanzar en una disputa que se remonta a 2012.
El Grupo Trabajador de la OIT ha manifestado que respetará el dictamen de la Corte y espera colaborar “de manera constructiva” con todos los mandantes de la organización para apoyar la supervisión y aplicación efectiva de la libertad sindical y de los derechos laborales relacionados, incluido el derecho de huelga.
CCOO ha recordado además que, en España, tanto el derecho de huelga como la libertad sindical están reconocidos en la Constitución como derechos fundamentales. En concreto, el artículo 28.2 de la Constitución Española establece el derecho de huelga como la cesación concertada y colectiva del trabajo por parte de los asalariados.
UGT también ha destacado el papel desempeñado por la Confederación Sindical Internacional (CSI) y por los gobiernos que respaldaron la petición ante la Corte, entre ellos el de España.
El sindicato considera que este pronunciamiento devuelve seguridad jurídica y credibilidad al sistema de supervisión de normas laborales de la OIT, que, a su juicio, se había visto debilitado en los últimos años por la incertidumbre generada en torno al derecho de huelga.