El Supremo tendrá en cuenta que Junqueras ya está condenado en firme para aplicar la sentencia del TJUE
El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras. Foto: EP.

El Supremo tendrá en cuenta que Junqueras ya está condenado en firme para aplicar la sentencia del TJUE

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19/12/2019 00:00
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Actualizado: 19/12/2019 00:00
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La Sala que juzgó el ‘procés‘ independentista en el Tribunal Supremo tendrá en cuenta la situación actual de condenado en firme del líder de ERC Oriol Junqueras a la hora de aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia e la Unión Europea (TJUE).

Esta reconoce su inmunidad como parlamentario cuando estaba siendo juzgado por este asunto y pesaba sobre él una medida de prisión preventiva.

De este modo, y a falta de analizar aún los argumentos que deben presentar aún tanto la Abogacía del Estado como la acusación popular ejercida por Vox y la defensa de Junqueras, la Sala de lo Penal del alto tribunal contempla posicionarse, al menos en lo fundamental, con las tesis de los fiscales del caso.

Esta se opone a la excarcelación del líder de ERC y solicitan a los magistrados la ejecución inmediata de su pena de inhabilitación como europarlamentario.

Las mismas fuentes señalan que este tribunal ha actuado con total respeto tanto al ordenamiento jurídico como a las instituciones europeas al dirigir al TJUE las preguntas que han originado la sentencia conocida este jueves y que la acatará en sus propios términos.

Las mismas fuentes añaden que se descartan, por lo tanto, determinadas consecuencias en los efectos de la sentencia que obedecen a relatos «interesados o sesgados», en clara alusión a las peticiones de nulidad argumentadas por determinados partidos políticos.

La sentencia, añaden estas fuentes, faculta en todo caso al tribunal español a adoptar una medida de prisión provisional respecto de un encausado incluso antes de solicitar un suplicatorio a la Eurocámara.

Limitándose a señalar que dicho permiso para actuar contra un europarlamentario debe tramitarse con «la mayor brevedad».

En el caso de Junqueras, las fuentes consultadas apuntan que en estos momentos se encuentra cumpliendo una condena en firme de prisión e inhabilitación por un delito de sedición.

La Sala echa en falta la respuesta por parte del TJUE a algunas cuestiones concretas, como qué es lo que ocurre si el europarlamentario electo en cuestión rechaza la cumplimentación de los requisitos exigidos por cada Estado para adquirir la condición de miembro del Parlamento Europeo.

En el caso de España se exige jurar o prometer la Constitución, mientras que en otros países se exige que el diputado esté al corriente de sus obligaciones tributarias.

La defensa de Torra planteará cuestiones prejudiciales al TUE en el recurso de la inhabilitación

La defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, planteará sus cuestiones prejudiciales al TJUE al tramitar el recurso de casación ante el Supremo contra la condena a un año y medio de inhabilitación dictada este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat).

Fuentes de la defensa han informado de que las cuestiones prejudiciales se tienen que elevar al tribunal de Luxemburgo con carácter previo a la resolución del recurso de casación.

Añaden que el principal motivo es pedir a los jueces europeos que valoren que la instrucción judicial en el caso de un cargo político como Torra la haya hecho un juez de «designación política».

El TSJCat ha condenado al presidente de la Generalitat, Quim Torra, a un año y medio de inhabilitación por un delito de desobediencia al mantener la pancarta por la libertad de los presos independentistas y el lazo amarillo, pese a la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirarlos, al ser el periodo electoral de las elecciones generales de abril.

Fuentes de la defensa han considerado que la sentencia condenatoria del TSJCat es «muy débil» y que hay aspectos que no han quedado acreditados, como que Torra fuera directamente responsable de los símbolos colocados en Conselleries.

Los letrados del presidente ya trataron de plantear al final del juicio y en un recurso posterior las cuestiones prejudiciales ante el TSJCat, aunque este tribunal rechazó tramitarlas y les emplazó a que lo hicieran en el recurso a la sentencia.

Las cuestiones prejudiciales estaban referidas a la imparcialidad de los miembros del tribunal que han dictado la sentencia contra Torra y a la posibilidad de condenarle a una inhabilitación que afecte a su derecho a ser elegido para ejercer cargos europeos –como ha sido el caso–.

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