El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, cofundador de Equipo Económico, despacho del que se desvinculó en 2008. Foto: EP.

El Supremo se declara incompetente y devuelve a la Audiencia de Tarragona la decisión sobre si el ‘caso Montoro’ viaja a Madrid

6 / 10 / 2026 05:43

El Tribunal Supremo no entrará a decidir si el ‘caso Montoro’ debe salir de Tarragona. La Sala de lo Penal ha declarado su «falta de competencia para su conocimiento» y ha devuelto la cuestión a la Audiencia Provincial de Tarragona. Será este tribunal quien resuelva si la instrucción continúa en los juzgados tarraconenses o se traslada a Madrid.

La decisión figura en un auto al que ha tenido acceso Europa Press. En él, los magistrados acuerdan el archivo de la reclamación planteada por Equipo Económico, el despacho fundado por el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, y por la organización Manos Limpias.

Ambos habían pedido al alto tribunal que se pronunciara sobre qué órgano debía instruir la causa.

Un juego de remisiones

El recorrido procesal explica el desenlace. La Audiencia de Tarragona ya había rehusado pronunciarse «por falta de competencia funcional», al entender que la cuestión correspondía al Supremo.

La Sala Segunda sostiene ahora exactamente lo contrario: la reclamación «corresponde a la Audiencia Provincial de Tarragona, en su condición de tribunal superior de órgano instructor».

La cuestión vuelve así al punto de partida. La Audiencia tendrá que resolver lo que en su momento declinó examinar.

La clave del razonamiento

El núcleo del auto descansa en una distinción técnica. Para que la Sala de lo Penal intervenga debe existir una contienda real entre dos órganos judiciales con sede en comunidades autónomas distintas. Según el auto, aquí no la hay.

«No habiéndose suscitado cuestión de competencia alguna entre dos órganos judiciales con sede en distintas comunidades autónomas, no concurre una contienda competencial cuyo conocimiento corresponda a esta Sala», razona el tribunal.

Y precisa: «La pretensión de las partes de atribuir la instrucción a un órgano judicial de otro territorio no constituye, por sí sola, una cuestión de competencia entre órganos judiciales».

Dicho de otro modo, que una parte quiera llevarse el procedimiento a otra sede no transforma esa petición en un conflicto entre juzgados. Es una discrepancia de las partes con el órgano que instruye. Y su revisión corresponde al tribunal inmediatamente superior a ese juzgado, que en este caso es la Audiencia Provincial.

El auto concluye que el Supremo «carece de competencia para resolver la reclamación planteada, por lo que procede acordar que no ha lugar a su tramitación ante esta Sala y el archivo de las presentes actuaciones».

Qué se investiga

La causa la dirige el magistrado de Tarragona Rubén Rus. Investiga si desde el Ministerio de Hacienda que encabezaba Montoro se impulsaron leyes para beneficiar a empresas de gases industriales que eran clientes de Equipo Económico. El exministro cofundó ese despacho y se desvinculó de él en 2008.

El auto del Supremo no entra en el fondo. No valora indicios ni anticipa dónde debe tramitarse la causa. Su alcance se limita a fijar quién debe decidirlo.

Lo que viene

La decisión queda ahora en manos de la Audiencia de Tarragona, que deberá pronunciarse sobre una cuestión que ya rechazó examinar, esta vez sin posibilidad de remitirla al Supremo.

Tiene dos opciones: confirmar que la instrucción sigue en Tarragona o acordar su traslado a los juzgados de Madrid.

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