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El «Brexit» y la sentencia del caso Bosman pueden poner la cosa difícil a los jugadores británicos en Europa

El «Brexit» y la sentencia del caso Bosman pueden poner la cosa difícil a los jugadores británicos en Europa
El jugador del Real Madrid, Gareth Bale, podría ser uno de los perjudicados. Wikipedia.
28/8/2016 07:55
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Actualizado: 24/6/2020 17:19
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Lo que ha venido a denominarse como “Brexit”, es decir, la salida de Reino Unido de la Unión Europea se ha consumado a raíz del referéndum celebrado donde se impuso la opción de ruptura por un estrecho margen de poco más de un millón de votos (17.410.472 frente a 16.141.241 -un 51,9 % frente al 48,1 %-).

A partir de aquí nada está claro, pues existe una laguna jurídica sobre el proceso de ruptura de un Estado miembro de la Unión, al mismo tiempo que por razones obvias no existen precedentes judiciales que puedan trazar el camino a seguir.

Ante este panorama existe una gran inseguridad jurídica, económica y social sobre las futuras relaciones entre Reino Unido y los países miembros de la Unión Europea.

Estas dudas son también trasladables al deporte profesional y más concretamente, al “deporte rey”, es decir, el fútbol. Además, todo ello va a ser un largo proceso que se calcula durará unos dos años pero sus consecuencias pueden hacerse valer con efectos más inmediatos.

Así las cosas, en relación al fútbol profesional, el Brexit plantea dudas sobre la situación de privilegios que ostentan hasta ahora los jugadores de Reino Unido en los países de la Unión Europea.

En este sentido, dentro del mundo del derecho deportivo existe una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que marcó un antes y un después en las transferencias de los futbolistas.

Se trata de la sentencia del TJUE de 15 de diciembre de 1995 del Caso Union Royale Belge des Sociétés de Football Association ASBL y otros contra Marc Bosman y otros.

Esta resolución judicial, conocida como la sentencia del “caso Bosman” declaró ilegales las indemnizaciones por traspaso y los cupos de jugadores extranjeros comunitarios.

Ello supuso, entre otras cuestiones, que los jugadores de la Unión Europea dejaran de ocupar plaza de extranjero en los clubes nacionales de la Unión Europea.

En consecuencia, si esta sentencia y el derecho en el que se basa (esto es, el derecho a la libre circulación de trabajadores del artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) dejara de aplicarse surgirían importantes problemas para los futbolistas profesionales.

De este modo, por ejemplo, en España habría que preguntarse si deportistas “estrellas” como Gareth Bale pasarían de tener los beneficios que le reportan el poder ser considerado como un trabajador comunitario, a tener un régimen jurídico idéntico al resto de extranjeros no comunitarios.

De ser así, perjudicaría al Real Madrid (club donde actualmente milita) ya que ocuparía una plaza más de las limitadas que existen para los jugadores extra-comunitarios y que viene impuesta en virtud de las reglas federativas.

Además, el jugador galés vería cómo dejaría de disfrutar del derecho a la libertad de circulación de trabajadores de la Unión Europea y se regiría por la normativa española sobre extranjería, debiendo atenerse a la burocracia administrativa que ello conlleva como, por ejemplo, la solicitud de permiso de trabajo o de visado.

Con la simple exposición de este ejemplo, puede comprobarse que la salida de Reino Unido de la Unión Europea generaría trabas a los futbolistas de este país que se plantearan venir a jugar a España.

Idéntica situación ocurriría con respecto de otros Estados miembros, los cuales incluso podrían exigir trámites administrativos más rigurosos que los requeridos actualmente por España.

EL «BREXIT» PODRÍA PERJUDICAR A LOS JUGADORES ESPAÑOLES EN GRAN BRETAÑA

Por otro lado, analizando el problema desde otro punto de vista, cabe decir que el Brexit también podría perjudicar a los futbolistas españoles que actualmente ejercen su profesión en el Reino Unido.

Así, los jugadores españoles que pretendieran jugar en la Premier League verían como su status jurídico pierde los beneficios que tienen hasta ahora como consecuencia de la libertad de circulación de trabajadores en la Unión Europea.

Ello determinaría que no sólo deberían atenerse a la normativa estatal de Reino Unido aplicable en materia de extranjería, sino que también se verían sometidos a otra serie de limitaciones que impone la Premier League en su normativa federativa interna.

En este sentido, la Liga inglesa exige que los futbolistas extranjeros que pretendan jugar allí hayan cumplido con un porcentaje mínimo de partidos internacionales disputados para su país durante un período de 24 meses antes a su fichaje (porcentaje que varía en función del ránking internacional que ocupe la selección nacional en cuestión, en virtud del elaborado por la FIFA).

Esta situación supondría especiales obstáculos para que jugadores europeos pudieran fichar por clubes ingleses.

Es más, en el momento actual sólo cuatro futbolistas españoles (Pedro, Cesc Fábregas, Cazorla y Navas) cumplirían con los requisitos que la Federación de fútbol de Inglaterra exige a los jugadores no pertenecientes al Espacio Económico Europeo para conseguir un visado de trabajo en el país.

Ahora bien, al margen de la decisión del pueblo británico a favor de salida de la Unión Europea, cabe prever que esta ruptura no será total.

Por ello debe de plantearse en qué grado afectará el “Brexit” a las futuras relaciones, puesto que la salida de Reino Unido de la Unión Europea no tiene por qué conllevar una ruptura total.

Así, el país británico puede querer quedarse a un lado del proyecto de integración política de la Unión Europea pero no desee ser considerado como en “país tercero” en toda su extensión.

Al efecto, considero que a pesar de que Reino Unido ha dejado claro que desea desmarcarse del proyecto de política común de la Unión, es claro que las partes implicadas seguirán teniendo claros intereses económicos que llevarán a que continúe existiendo una relación, al menos, desde el punto de vista económico y comercial.

Por ello, creo que la previsibilidad de estos intereses se trasladará de igual modo al fútbol profesional. No podemos olvidar que el fútbol es uno de los grandes negocios hoy día y genera un enorme mercado a su alrededor.

Con ello, quiero plantear que a pesar de que Reino Unido deje de ser un Estado miembro de la Unión Europea, no es descabellado pensar que seguramente haya una transición con el objetivo de alcanzar un status jurídico similar o idéntico al que ostentan países como Noruega.

Ahora bien, y haciendo alusión a las palabras del exseleccionador español, Vicente del Bosque, en referencia al tránsito en la titularidad de la portería española, la “transición dulce” es un aspecto que compete a los políticos británicos y a los dirigentes de la Unión Europea.

Sin embargo, de ir por el buen camino, este objetivo podría lograrse a través de Tratados bilaterales entre el país británico (quien desde el momento de su salida efectiva debería ser calificado como “país tercero”) y la Unión Europea, a modo similar con el que se tiene con países terceros como Turquía.

SOLUCIÓN NORUEGA

Otra opción consistiría en pactar que, al igual que ocurre por ejemplo con Noruega, Reino Unido estuviera integrado dentro del Espacio Económico Europeo.

Esta última opción, estimo que es especialmente viable y previsible, de manera que, la salida de Reino Unido no tendría efectos en el fútbol de cara a considerar a los futbolistas británicos como extranjeros dentro de las reglas federativas que limitan el número de éstos que pueden formar parte de un club, sino que se mantendría la libertad de circulación que ostentan los ciudadanos de países miembros de la Unión Europea.

Por último, no puedo pasar por alto que muchos de los problemas que tendrían los futbolistas británicos en España y los españoles en Reino Unido se deberían a una falta de voluntad de las Federaciones deportivas quienes podrían solucionar el problema del “Brexit” si demostraran tener capacidad y decisión de acuerdo.

Por ello, existe la posibilidad de que incluso en el peor de los casos, donde desembocáramos en una ruptura jurídica y económica total entre Reino Unido y la Unión Europea, todo siguiera como hasta ahora en el mundo del fútbol si las Federaciones deportivas llegaran a un acuerdo de cara a considerar que los jugadores del Reino Unido tienen libertad de circulación en Europa y a la inversa, que los jugadores europeos son tratados en el país británico de igual modo que sus nacionales.

Por ejemplo, mirando a la normativa federativa de la Premier League, al amparo de su reglamento se encontraría una posible solución que permite otorgar un permiso especial en caso de valorarse que el jugador tiene cualidades especiales. Se trata de permiso de trabajo llamado «panel de excepciones».

Por tanto, los efectos del “Brexit” dependerán en gran medida de la voluntad que tengan las Federaciones deportivas (no sólo en el fútbol sino en el resto de deportes) de cara a mantener una libertad de circulación de trabajadores deportistas que hasta este momento se mantiene en virtud del artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

En definitiva, habrá que estar expectantes a los pasos que se van a dar próximamente tanto desde instancias institucionales públicas de la Unión Europea como privadas de las Federaciones deportivas.

Sin embargo, lo que resulta claro es que el “Brexit”, es un problema que, al igual que otros muchos, puede solucionarse si existe voluntad de acuerdo.

La clave radica en dilucidar si no se alcanzará acuerdo por todas las partes, lo cual desembocaría final e inevitablemente en una ruptura total con lo efectos perjudiciales que se han planteado o si, por el contrario, existirá voluntad de pacto a fin de mantener el “status quo” tanto de los clubes como de los futbolistas.

A esta pregunta no puedo dar respuesta, pero los intereses en juego de todos los implicados demuestran que lo más beneficioso para todas las partes será alcanzar un acuerdo que facilite, del mayor modo posible, la libertad de circulación de los deportistas profesionales.

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