Derechos humanos y contratación pública

La diputada regional por el PSOE -y magistrada en servicios especiales- Pilar Llop, autora de la proposición no de ley que solicita suspender Lexnet hasta que funcione. Confilegal.

6 / 10 / 2015 10:06

Actualizado el 16 / 02 / 2016 10:13

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Los conceptos que integran el título de este artículo, pueden parecer un desafío a la realidad, sin embargo son un complemento perfecto pues a modo de “concurso medial”, como hablamos los penalistas, la contratación pública será el medio para garantizar los derechos humanos en nuestra sociedad. En definitiva, se trata de “humanizar” a la Administración pública en su actividad económica.

La contratación pública es una de las actividades con impacto económico más importantes de las Administraciones. Esta actividad debería ser revisada y modernizada, como ya apunta en el ámbito europeo la Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.

Y hablando de modernizar, las personas que nos dedicamos a la política, aunque sea de manera transitoria en nuestro iter profesional, utilizamos un concepto que, cuando pensamos en Derechos Humanos, cobra todo su sentido: la regeneración democrática. Y qué significa la regeneración democrática en el ámbito de la contratación, pues implica la necesidad incrementar la eficiencia del gasto público pero con el verdadero fin de lograr un objetivo social común: desarrollo, igualdad, justicia y establecer controles que garanticen la limpieza del proceso negociador.

Tenemos, en consecuencia que ser especialmente cuidadosos y vigilantes con las privatizaciones, o a través de cualesquiera eufemismos que se utilicen como externalizaciones y similares, para evitar que empresas privadas obtengan -a través de la gestión y explotación de bienes públicos-, beneficios con un único fin lucrativo, en detrimento de la prestación del servicio, la calidad del mismo, pues actúan, en ocasiones, bajo criterios puramente economicistas olvidando el fin social, solidario y humano, al que ha de tender toda actividad de la administración.

Para esto la normativa su aplicación en materia de contratación pública se debe hacer con enfoque de derechos humanos. Sé que es novedoso, y que puede parecer dificultoso en su implantación, sin embargo en la práctica es sólo cuestión de voluntad y de tener claro ese objetivo social.

Afinando más, en el ámbito de la contratación resulta esencial velar por los derechos de las personas con discapacidad, para permitir que la publicidad, la normativa, los procedimientos, sean accesibles a estas personas en condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades. Teniendo esto en cuenta consideramos que el empleo es un elemento integrador en la sociedad y que existen empresas que tienen como principal objetivo apoyar la integración social y profesional, de personas con discapacidad, de personas que se encuentran en situaciones desfavorecidas o de personas en riesgo de exclusión.

Pensemos, por ejemplo, en empresas que, no solo prestan servicios sino que contratan personas con discapacidad u otras que contratan personas en riesgo de exclusión. Ocurre en la práctica que estas empresas pueden tener dificultades en el ámbito de la competencia para obtener contratos. Aquí la Administración ha de desplegar su capacidad de gestión desde la dimensión social, que desacertadamente en muchas ocasiones queda difuminada por intereses económicos.

La contratación pública también ha de ser desarrollada desde un enfoque de género, de modo que en materia de contratación se incluyan herramientas que garanticen un impacto de género positivo para restablecer los desequilibrios que las mujeres afrontan en nuestra sociedad; de este modo la contratación pública además se convertirá, en un instrumento más de protección de derechos humanos y de garantía de que nuestra administración procurará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Es precisamente cuando la actividad de la Administración se aleja del fin social cuando se producen los efectos más perversos, se levantan sospechas de ilicitud o irregularidades que generan la desconfianza de la ciudadanía que no se acercará al sistema público en detrimento de sus propios derechos. A todos nos interesa que nuestra sociedad sea justa e igualitaria. Por ello, transversalizar los derechos humanos en la contratación pública es una herramienta de justicia y equidad que impulsará el desarrollo y la justicia social. 

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