92 años de prisión para el etarra que intentó matar al rey Juan Carlos en el Guggenheim

92 años de prisión para el etarra que intentó matar al rey Juan Carlos en el Guggenheim

7 / 05 / 2016 05:55

Actualizado el 07 / 05 / 2016 06:05

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La Audiencia Nacional condenó este viernes a 92 años de cárcel al exdirigente etarra Eneko Gogeaskoetxea por intentar matar al Rey Juan Carlos en la inauguración del Museo Guggenheim de Bilbao en 1997, atentado que resultó frustrado gracias a la intervención de un ertzaina que fue asesinando a tiros.

La sección segunda de lo Penal considera probado que Gogeaskoetxea, junto a su compañero del «comando Katu» Kepa Arronategi -ya condenado por estos hechos-, introdujeron en cada una de tres grandes jardineras 4 tubos de PVC y en cada uno de ellos una granada autopropulsada Mecar de calibre 83 (10 anticarro y dos antipersonal), cuya carga inflamadora estaba constituida por pólvora negra.

El plan, según la sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Enrique López, consistía en colocar las jardineras para ser lanzados en dirección a las escaleras de acceso a la entrada principal del museo y «dadas las características de estas granadas, habrían perforado las paredes del museo, accediendo a su interior».

En el relato de hechos probados, el 13 de octubre de 1997, cuando descargaban una de las jardineras, «fueron sorprendidos por dos agentes de la Ertzaintza que se interesaron por lo que hacían» y en ese momento «el acusado de forma sorpresiva y sin dejar a su víctima capacidad de reacción» disparó al agente José María Aguirre Larraona, ocasionándole la muerte, por lo que el tribunal le condena también a indemnizar a su viuda con 500.000 euros.

Tras cometer el crimen, el acusado huyó y obligó a un conductor a punta de pistola a llevarle a las inmediaciones de la estación de metro de Sarriko y después encañonó a otro conductor para que le trasladara hasta el hospital de Usansolo, en Galdakao, y se bajó en el aparcamiento.

Una vez allí, amenazó a una mujer con el arma para que se bajara de su coche, con el que huyó hasta Arrasate-Mondragón (Gipuzkoa).

Por todos estos hechos, el tribunal le considera autor de un delito contra la Corona en grado de conspiración (previsto y penado en los artículos 574 en relación con los artículos 485-1 y 488 del Código penal); de los delitos de homicidio, depósito de armas de guerra, tenencia ilícita de armas y coacciones y de otros dos delitos de detención ilegal.

Para condenarle, los magistrados se apoyan en la declaración que prestó Arronategi ante la Ertzaintza cuando fue detenido el día en que se frustró el atentado, y en la que identificó a Gogeaskoetxea, primo suyo, como la persona que se había dado a la fuga.

Sin embargo, cuando declaró como testigo en el juicio, Arronategi desvinculó a Gogeaskoetxea de esta acción y aseguró que si le implicó fue por las presiones psicológicas que, según él, sufrió por parte de la Ertzaintza y dio su nombre para no perjudicar a otros, sabiendo que el acusado se encontraba en Francia.

Aclaró además que el comando pretendía atentar contra el Museo Guggenheim pero no matar al Rey.

Para el tribunal, la declaración de Arronategi puede ser tomada como prueba dado que después la ratificó ante el juez de instrucción y en ella ofreció todo «lujo de detalles» sobre la participación del acusado.

Además, según la sentencia queda probado a través de la prueba documental que la declaración de Kepa Arronategi en la que dice expresamente que “Amboto —Soledad Iparraguirre— marco el objetivo del Rey o el Museo Guggenheim…, el principal era el Rey, pero no se atentaría contra el si hubiera civiles, en cuyo caso se accionaría contra el Museo cuando estuviera vacío”; se prosigue diciendo que lo anterior se corrobora por con carta firmada por “Amboto” que fue hallada por la policía francesa en 1998.

Los magistrados – Concepción Espejel, Julio de Diego y Enrique López – consideran que la declaración de este etarra aparece corroborada por los testimonios de otros testigos de los hechos, que identificaron fotográficamente a Gogeaskoetxea «sin lugar a dudas».

Entienden los magistrados que «la declaración del testigo Kepa Arronategui prestada ante la policía judicial fue enteramente ratificada ante el Juez de Instrucción y además introducida en el juicio oral a través de su lectura integra, y por ello estamos a la luz de lo que dice nuestro Tribunal Constitucional ante un acto claramente procesal y no policial».

Eneko Gogeaskoetxea era considerado uno de los máximos responsables del aparato ‘militar’ y ‘logístico’ de ETA cuando se produjo su detención en Cambridge (Reino Unido) en 2011.

ENLACE A LA SENTENCIA

Sentencia atentado Rey Guggenheim

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