Jiménez Losantos gana a Ruiz Gallardón en su partido final ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Federico Jiménez Losantos, director de es.radio, ha ganado su batalla final a Alberto Ruiz Gallardón en Estrasburgo. Es.radio

Jiménez Losantos gana a Ruiz Gallardón en su partido final ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

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15/6/2016 18:29
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Actualizado: 06/4/2021 12:25
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Federico Jiménez Losantos finalmente se ha impuesto a Alberto Ruiz Gallardón en su partido final ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) al conseguir que el máximo tribunal de garantías del Viejo Continente condene a España por no proteger, en su caso, la libertad de expresión.

La sentencia, sin embargo, no fue unánime. De los 7 jueces que conformaron el tribunal del caso, sólo la representante española, Blanca Lozano Cutanda, magistrada ad hoc (como se denomina a los tres jueces suplentes designados por el Gobierno de España para sustituir al titular, Luis López Guerra, cuando no puede asistir), votó en contra.

Lozano Cutanda fue nombrada para tal fin por el Consejo de Ministros del 19 de julio de 2013 cuando Alberto Ruiz Gallardón todavía era ministro de Justicia.

La catedrática de Derecho Administrativo y miembro del Consejo Académico del despacho Gómez Acebo y Pombo, es pareja del magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Rafael Fernández Valverde, elegido por el Partido Popular con el ‘placet’ del entonces titular de la cartera de Justicia.

Según la sentencia de los magistrados Helena Jäderblom -presidenta-, Helen Keller, Johannes Silvis, Branko Lubarda, Pere Pastor Vilanova y Alena Poláckova, Jiménez Losantos «no cruzó los límites de la libertad de expresión», disintiendo así de los fallos en cadena del Tribunal Supremo español, del tribunal de la Audiencia Provincial -que sentenció en apelación- y del juzgado de lo penal, el primero en condenar en primera instancia; el Tribunal Constitucional inadmitió el recurso de Jiménez Losantos.

La representante legal del periodista, Cristina Peña Carles, socia directora del despacho Peña Carles Abogados, argumentó ante el TEDH que Jiménez Losantos había sido condenado penalmente sobre una interpretación parcial de los hechos, lo que había vulnerado su derecho a la libertad de expresión y, en consecuencia, el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos (artículo 20 de la Constitución española).

El tribunal de Estrasburgo reconoce en su sentencia que, en efecto, se ha vulnerado ese artículo y afirma que «la libertad de expresión, en ocasiones, conlleva el posible uso de cierta cantidad de exageración e incluso de provocación».

Asimismo, admite que «uno puede coincidir o no con estas opiniones y críticas, pero la Corte considera que estas no pueden ser considerares como verdaderas o falsas, no puede exigirse la prueba de su veracidad sin infringir la propia libertad de opinión».

Para el TEDH «el estilo forma parte de la comunicación como una forma de expresión y está, como tal, protegido, junto con el contenido de la propia expresión».

La Corte de Estrasburgo, por otra parte, no considera admisible la sentencia que se impuso a Jiménez Losantos: 100 euros al día durante 12 meses con una pena de prisión sustitutoria si no pagaba la multa.

Esto «no es incompatible con la libertad de expresión, garantizada en el artículo 10 de la Convención, que sólo es aplicable en circunstancias excepcionales, y no es este el caso».

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos supone una victoria en toda regla para el periodista y para la defensa de la libertad de expresión. 

Lozano Cutanda, por su parte, emitió un voto particular en el que dice no compartir la opinión de sus seis compañeros porque en su opinión «no se ha producido una violación de la libertad de expresión del demandante según la Convención la jurisprudencia del Tribunal».

Los comentarios del periodista que han conducido a este desenlace tuvieron lugar entre el 8 de junio y el 29 de noviembre de 2006, cuando presentaba el programa «La Mañana» en Cadena COPE, en respuesta a las declaraciones realizadas por el entonces alcalde de Madrid al ABC el 7 de junio de ese año, que el diario tituló «Ruiz Gallardón invita a su partido a obviar el 11-M».

A raíz de aquello, Jiménez Losantos llamó al político «bandido», «farsante redomado» y «traidor».

«Le da igual que haya 200 muertos con tal de llegar él al poder», «Lo repito, alcaldín, 200 muertos, 1.500 heridos y un golpe brutal para echar a tu partido del Gobierno. Te da igual, Gallardón, con tal de llegar tú al poder», le dijo Jiménez Losantos al hoy exministro de Justicia.

La sentencia no es firme. El Gobierno español tiene ahora tres meses para solicitar que la Gran Sala de 17 jueces de la Corte Europea reexamine el caso.

SENTENCIA (EN FRANCÉS):

AFFAIRE JIM?NEZ LOSANTOS c. ESPAGNE

 

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