Los placeres ocultos de la Púnica: "Putitas de confianza", picaderos y joyas Cartier

Francisco Granados sabrá el 5 de octubre si el juez Velasco prorroga su prisión preventiva

7 / 09 / 2016 17:32

Actualizado el 07 / 09 / 2016 17:33

El juez instructor de la Audiencia Nacional Eloy Velasco revisará el próximo 5 de octubre si procede prorrogar la estancia en la cárcel, otros dos años más, del exconsejero madrileño del PP Francisco Granados, agotando así el tiempo máximo que una persona puede permanecer en prisión sin haber sido juzgado.

El próximo 31 de octubre se cumplen dos años de su ingreso en la cárcel de Estremera (Madrid), como presunto cabecilla en la trama ‘Púnica.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé unos plazos de dos años para la prisión preventiva prorrogable dos más, pudiendo llegar hasta cuatro años de prisión, que se podría alargar hasta cuatro años si todavía existiera riesgo de fuga, de destrucción de pruebas o de influir sobre testigos.

Granados está investigado por los delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho, malversación de fondos, prevaricación y fraude.

Hasta la fecha, la Audiencia Nacional ha rechazado su petición de ponerle en libertad en tres ocasiones anteriores. El pasado mes de junio, el juez Velasco no estimó la reclamación del ex consejero madrileño al considerar que podría haber «graves riesgos de obstrucción y alteración de las fuentes de prueba» que podrían afectar a la investigación.

Además, Velasco reiteró que Granados se valió de sus cargos públicos, tanto a nivel local como autonómico, para crear una «cadena de deleznables favores y conductas impropias» dedicadas a obtener beneficios ilegales a través de contrataciones públicas amañadas y con recalificaciones de terreno.

Esto mismo fue asumido un mes más tarde por la Sala Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional al desestimar el recurso de apelación que presentó ante la decisión del juez instructor. El tribunal entendió que su puesta en libertad podría hacer desaparecer documentación que un futuro «pudiera comprometerle», así como «comprar voluntades» de terceros y, además, evitaba así que pudiera fugarse. (CONFILEGAL/EP)

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