Ordenan tomar declaración al exministro Borrell por falseamiento de cuentas en Abengoa

Ordenan tomar declaración al exministro Borrell por falseamiento de cuentas en Abengoa

16 / 11 / 2016 05:58

Actualizado el 11 / 04 / 2022 13:32

La Audiencia Nacional ha obligado al juez Ismael Moreno a imputar al exministro socialista Josep Borrell y otros miembros del antiguo consejo de administración de Abengoa por un conjunto de delitos societarios, entre ellos el de falseamiento de cuentas.

A través de un auto, la sección cuarta de la Sala de lo Penal ha estimado el recurso interpuesto por los representantes legales de la Plataforma de Perjudicados por Abengoa, que representa a 125 afectados, contra la decisión del titular del juzgado de instrucción número 2 de rechazar la querella inicial.

Esa querella estaba dirigida contra las personas jurídicas Abengoa y Deloitte y contra 19 personas físicas, todas ellas miembros o exmiembros del consejo de administración de Abengoa en el ejercicio 2015,

Los querellantes denunciaban presuntos delitos societarios, entre ellos administración desleal, falseamiento de documentación contable y de información económicofinanciera.

La sala ha decidido admitir la denuncia pese a constatar que su articulación se realiza a partir de la descripción de una serie de hechos fundados en noticias de prensa, en las que se describen acontecimientos que pueden revestir carácter delictivo.

El auto reconoce que «no se ha aportado documentación alguna que soporte las alegaciones formuladas, limitándose la querella a aportar una serie de artículos de prensa económica, pero también es cierto que para resolver sobre la admisión de un escrito de tal naturaleza el juez no ha de entrar en contacto con ningún medio de prueba ni diligencia de investigación».

Precisamente, indica el auto, para comprobar si el hecho es delictivo han de tomarse las declaraciones a los incluidos en la querella, que forma parte de las acciones emprendidas por la Plataforma de Perjudicados por Abengoa en contra de las indemnizaciones recibidas por Benjumea y Sánchez Ortega.

La Sala recuerda que «sólo procederá la inadmisión a trámite de la querella si de la simple lectura de la misma se puede descartar la tipicidad de los hechos que en ella se expresan».

Si eso no ocurre, añade, «habrá de admitirse a trámite y será más tarde, en el ámbito del procedimiento correspondiente, donde ha de decidirse la continuación en la tramitación de la causa o su sobreseimiento».

La Sala concluye que, puesto que los hechos reflejados en la querella «pudieran ser constitutivos de los delitos que en la misma se expresan», procede estimar el recurso de apelación.

El auto -contra el que no cabe recurso- señala que el juez deberá tomar declaración a los querellados y decidir después «acerca del resto de las pruebas pedidas con total libertad de criterio».

El exministro socialista ya declaró como testigo en la investigación que lleva a cabo la juez Carmen Lamela en otro caso relacionado con Abengoa por las indemnizaciones millonarias cobradas por el expresidente Felipe Benjumea y el ex consejero delegado Manuel Sánchez Ortega.

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