El juez deja en libertad a Oleguer Pujol pese al criterio de Anticorrupción

El juez deja en libertad a Oleguer Pujol pese al criterio de Anticorrupción

13 / 01 / 2017 05:58

Actualizado el 13 / 01 / 2017 07:57

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dejado en libertad a Oleguer Pujol después de que la Fiscalía Anticorrupción pidiera su ingreso en prisión por el riesgo de que siga blanqueando dinero. Le ha retirado el pasaporte y le ha impuesto la obligación de comparecer quincenalmente en el juzgado.

En un auto de 14 folios, De la Mata recuerda que la investigación contra Oleguer Pujol comenzó en julio de 2014. Y que ni en el registro a su casa, ni a raíz de la información que aportó Andorra a la justicia española, ni tampoco cuando se le imputaron nuevos delitos, la Fiscalía pidió ninguna medida cautelar para el imputado.

«Han transcurrido dos años y medios desde la incoación de la causa, ha avanzado razonablemente la instrucción y no se han modificado las circunstancias que ya concurrían en 2014», afirma el magistrado.

Y añade que «no se aprecian elementos nuevos que permitan afirmar razonablemente que en este momento concurre un peligro nuevo no valorado, fundado y concreto de destrucción de prueba o de capacidad de influencia sobre otros investigados o testigos que no haya tenido ocasión de desarrollar durante todo este tiempo».

De la Mata ha tomado esta decisión tras interrogar durante casi cuatro horas al hijo menor del expresidente Jordi Pujol en la investigación que se sigue contra él por los delitos de blanqueo de capitales, falsedad documental y corrupción en la operación de compra-venta de 1.152 sucursales del Banco Santander en 2007.

Según los fiscales del caso, su ingreso el cárcel era el único modo de evitar que continúe con el blanqueo en la actualidad, lo que justificaría la aplicación de la medida cautelar por reiteración delictiva. En concreto, el fiscal José Grinda ha reseñado que las millonarias cantidades obtenidas en la operación de las oficinas bancarias fueron depositadas por Oleguer en una cuenta de Miami, después de que bancos españoles como La Caixa rechazaran ingresarlas.

Sin embargo, De la Mata, reprocha al fiscal que solo ha aportado un indicio de este supuesto ocultamiento «la transferencia a una cuenta bancaria en MIAMI de fondos procedentes de AEGLE, que tuvo lugar en diciembre de 2015, hace más de un año».

FALTA DE COLABORACIÓN DEL INVESTIGADO

En su auto, el juez de la Audiencia Nacional deja constancia que la actitud de Oleguer, al igual que la de sus hermanos y su padre «ha consistido en no colaborar, ocultando todos los datos relativos a los productos en que invirtieron sus recursos; los rendimientos obtenidos; los montos globales alcanzados; las cantidades distribuidas; la rendición de cuentas final realizada, así como incluso meros datos obvios y simples relacionados con su administración, negándose, incluso, a facilitar nombre de entidades bancarias o personas (gestores o administradores bancarios a las que se refiere pero que no quiere identificar), que pudieran aportar luz sobre estos extremos».

Sin embargo, plantea que debe «tenerse en cuenta que, por imperativo legal, la incómoda pero perfectamente legítima falta de colaboración del investigado en el curso de la investigación no puede justificar por sí la prisión provisional (art. 503.1.3o.b.2 LECrim)».

La Abogacía del Estado y Podemos –personado en la causa como acusación popular– no se han adherido a la petición del Ministerio Público.

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