¿Cuándo se aplica la prisión provisional o preventiva?

¿Cuándo se aplica la prisión provisional o preventiva?

La prisión provisional o preventiva o es una medida cautelar que afecta el derecho de libertad personal durante un periodo de tiempo que puede llegar hasta un tiempo máximo de 4 años. Normalmente, se decreta cuando no existe otro método eficaz para evitar, por ejemplo, la fuga del acusado.

Antes de tomar esta decisión, se suele utilizar alguna medida o pena de menor entidad como, por ejemplo, el pago de una fianza o el arresto domiciliario.

Para acordar la prisión preventiva es necesario que existan indicios racionales de que se ha cometido un delito.

Además la Ley de Enjuiciamiento Criminal también establece, además del riesgo de fuga, que el imputado pueda destruir pruebas o que se crea que puede reincidir.

Sin embargo, los jueces no pueden meter a nadie en la cárcel porque exista alarma social, como tampoco pueden tomar esta drástica medida basándose en razones de orden público.

El juez sólo puede decreta prisión provisional si se lo solicita alguna parte acusadora, ya sea el Ministerio Fiscal o las acusaciones particulares o populares.

Además, en estos casos, el delito del que se acuse al imputado tendrá que estar castigado con pena privativa de libertad igual o superior a 2 años de prisión o inferior a 2 años de prisión si el imputado tuviese antecedentes penales.

La agresión racista de un joven a una menor ecuatoriana en el metro de Barcelona, que todos pudimos ver a través de los medios de comunicación, volvió a poner de actualidad el tema de la prisión preventiva frente a la alarma social.

Pese a lo deplorable de este hecho, la actuación de la justicia no se vio condicionada y el joven fue puesto en libertad provisional. Ya que se trataba de una falta (hoy convertido en delito menor), al no presentar la víctima parte de lesiones.

Y es que, por mucha alarma que generen hechos como el citado, esto no es motivo para decretar la prisión provisional de nadie.

Así lo afirma la ley desde el año 2003.

No conviene olvidar que la decisión judicial de encarcelar o no a una persona depende exclusivamente del juez, tras escuchar la petición de las partes y siempre que exista riesgo de fuga, que el imputado pueda reincidir o cuando se puedan destruir pruebas.

Nunca cuando estemos ante un hecho aislado, por muy deplorable que sea socialmente.

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