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El Registro Civil de 2017: crónica de un fracaso anunciado

El Registro Civil de 2017: crónica de un fracaso anunciado
02/3/2017 05:59
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Actualizado: 12/4/2022 13:02
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El 30 de junio de 2017 finaliza la prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que, así, entrará en vigor seis años después de su aprobación. Durante este plazo el Ministerio de Justicia debía adaptar el Registro Civil al nuevo escenario, dado el alcance del cambio que suponía la Ley. Sin embargo, desde el cierre del Plan Estratégico de Modernización de la Justicia 2009-2012 a causa del precipitado fin de la IX Legislatura no ha habido ninguna intervención de modernización del Registro Civil, que durante la vigencia de dicho Plan Estratégico y del programa “Registro Civil de Servicios”, vivió su digitalización integral.

Así, si bien cabía esperar que pese a atravesar los años más duros de la crisis los sucesivos ministerios de Justicia no abandonaran la modernización del Registro Civil, lamentablemente no ha sido así. Ahora, a menos de cinco meses del fin del plazo que el ministro Rafael Catalá fijó para la entrada en vigor de la Ley, debemos preguntarnos qué ocurrirá el 1 de julio.

Según ha anunciado el Ministro, poco cambiará: la desjudicialización del Registro Civil se limita a la eliminación de las plazas de jueces encargados; las oficinas no se desvinculan de los juzgados y los nuevos Encargados, Letrados de la Administración de Justicia, compatibilizarán tales funciones con las propias de la oficina judicial si no se trata de Registros Civiles exclusivos. Para ello se modificará de nuevo la Ley, desnaturalizándola por completo.

Las ventajas, para un gobierno nada proclive a la modernización y potenciación de los servicios públicos, son básicamente dos: desde un punto de vista económico, el ahorro por la supresión de las plazas de Juez Encargado, y por otra parte, calmar a los funcionarios destinados en los Registros Civiles, que no ven afectado por reorganización alguna su puesto y lugar de trabajo. Quedan en el aire las razones por las que un Gobierno de las características antes dichas se aviene a las reclamaciones sindicales en una cuestión así.

Las consecuencias, por contra, son graves y serán difíciles de corregir: no habrá especialización, nuevas técnicas de organización y gestión ni tratamiento homogéneo de las situaciones, y queda por ver el desarrollo, implantación e implementación del Registro Civil electrónico, dado que el mantenimiento de la distribución territorial actual denota la confusión entre proximidad física y accesibilidad material y hace cuestionable la necesidad de invertir en una plataforma informática adecuada.

En este sentido, es necesario mantener oficinas de atención al público, pero cosa distinta es la distribución, dimensión y funciones que deban tener, siendo falso que un Registro Civil electrónico impida per se el acceso a la población afectada por la brecha digital.

En todo caso: ¿Es necesario mantener la Ley 20/2011 en sus términos originales?

La respuesta es, sin dudarlo, sí: la organización y el funcionamiento del Registro Civil, como en general de la Administración de Justicia, no han cambiado en más de cien años, pero sí lo ha hecho, y mucho, la sociedad española. Así, el Registro Civil resulta anacrónico y no responde a las necesidades actuales, como demuestra el nivel de quejas de los usuarios.

En conclusión, iniciando el mes de marzo de 2017, la única opción de disponer de un Registro Civil moderno, accesible, eficaz y eficiente es, lamentablemente, una nueva prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011 y que paralelamente el Ministerio de Justicia, sin modificarla, asuma su responsabilidad y retome el impulso modernizador. No sirven excusas como que la Ley se aprobara con un gobierno distinto, dado que se aprobó por unanimidad de las fuerzas parlamentarias, y tampoco el tiempo durante el cual el gobierno haya estado en funciones, dado que ha tenido varios años más para gobernar.

Por desgracia, no parece que el ministro tenga esta disposición, salvo que, como ocurrió con el intento de atribución de competencias de Registro Civil a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, la respuesta social le obligue a ello.

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