La Justicia europea avala negar el visado humanitario obligatorio a las personas que deseen pedir asilo
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La Justicia europea avala negar el visado humanitario obligatorio a las personas que deseen pedir asilo

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07/3/2017 12:38
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Actualizado: 24/6/2020 16:52
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sostiene en su sentencia que los Estados miembros nieguen el visado humanitario a quien desee viajar a su territorio con intención de solicitar asilo, puesto que «el Derecho de la Unión establece únicamente los procedimientos y las condiciones para la expedición de visados para tránsito o estancias previstas en el territorio de los Estados miembros no superiores a 90 días».

Entiende que la petición de asilo para residir en Bélgica, de una familia siria, que quiere escapar del horror de Alepo, queda fuera de su aplicación y le corresponde a los Estados miembros decidir.

En las conclusiones previas del abogado del TJUE, publicadas hace un mes, el letrado consideró que el país estaría obligado a dar visado humanitario a quien corre riesgo de tortura, lo que abría la puerta a una vía de entrada legal a la Unión Europea para quienes aspiraban a lograr protección internacional del bloque.

Sin embargo, el Tribunal ha concluido en su sentencia que el código europeo se refiere a visados que no superen a los tres meses y que los expedientes que se refieren a visados o permisos de residencia de larga duración por razones humanitarias «sólo están sujetas al Derecho nacional».

En este sentido recuerda que «Los Estados miembros no están obligados, en virtud del Derecho de la Unión, a expedir un visado humanitario a las personas que deseen entrar en su territorio con la intención de pedir asilo, pero son libres de hacerlo sobre la base de su Derecho nacional».

Esta sentencia del TJUE supone un mazazo para los refugiados y las asociaciones de derechos humanos.

El fallo del TJUE responde a la petición de un familia que solicitó este tipo de visado humanitario «con la intención de pedir asilo» en Bélgica, lo que, según recuerda el TJUE, deja clara su intención de obtener un permiso de residencia que no está limitado a las estancias de 90 días sobre las que se aplican las reglas europeas.

Esto supone que los consulados no están obligados a conceder visados humanitarios de emergencia para casos extremos, incluso si está probado que los demandantes están en peligro y pueden ser asesinados o torturados.

EL CASO DE LA FAMILIA SIRIA 

Concretamente, las autoridades belgas ya había negado el visado humanitario a una familia siria formada por un matrimonio y sus tres hijos, todos ellos residentes en Alepo.

La familia siria en cuestión tenía manifiestamente la intención de permanecer más de 90 días en Bélgica, lo cual es contrario al Código de visados de la UE. Además, la Oficina insiste en que autorizar la expedición de un visado de entrada a esta familia para que pueda presentar una solicitud de asilo en Bélgica equivaldría a permitirle presentar una solicitud de asilo en una representación diplomática.

El caso se remonta a octubre de 2016, cuando la familia siria solicitó en la Embajada de Bélgica en Beirut (Líbano) el visado humanitario y regresó al día siguiente a su residencia en Siria, a la espera del documento que les permitiera escapar de Alepo y pedir asilo en Bélgica.

Uno de los miembros de la familia alegó haber sido secuestrado y torturado por un grupo armado, hasta que fue liberado a cambio del pago de un rescate. También argumentaron el riesgo de ser perseguidos por sus creencias religiosas, al ser de confesión cristiana ortodoxa, y la imposibilidad de lograr protección internacional en un país vecino.

La Oficina de Extranjería belga, sin embargo, negó el visado de validez territorial limitada para pedir asilo, porque consideró que ello probaba la intención de la familia de permanecer en Bélgica más de los 90 días que permiten estos visados.

Bélgica, además, sostiene que los Estados miembro no están obligados a admitir en su territorio a todas las personas que vivan una situación catastrófica.

El secretario de Estado belga para Inmigración, Theo Franken, llevó el caso a los tribunales porque consideró que conceder un visado humanitario a esta familia constituiría un «precedente peligroso» con el que Bélgica podría perder el control de su frontera.

Franken ha agradecido a través de las redes sociales el fallo, al tiempo que ha celebrado que se haya impuesto «el sentido común» frente a las críticas al Gobierno por denegar el visado humanitario en este caso.

«Las ONG querían abrir las fronteras de la Unión Europea en las embajadas en el extranjero, pero el TJUE ha sido claro en que los visados humanitarios son una competencia nacional», ha recalcado en su perfil de Twitter.

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