La Audiencia de Madrid anula la condena al 'pequeño Nicolás' por calumniar al CNI y ordena repetir el juicio  

La Audiencia de Madrid anula la condena al ‘pequeño Nicolás’ por calumniar al CNI y ordena repetir el juicio  

20 / 05 / 2017 04:58

Actualizado el 29 / 03 / 2021 13:44

La Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado en apelación la condena a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el ‘pequeño Nicolás‘, por un delito de calumnias con publicidad por decir que el CNI pinchó su teléfono de forma ilegal y ha ordenado repetir este juicio con un magistrado distinto al que dirigió el ahora anulado.

El tribunal, formado por los magistrados Pilar de Prada, Carlos Fraile y Luis Pelluz, ha estimado el recurso interpuesto por el ‘pequeño Nicolás’, que alega que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva al rechazarse la testifical del exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía, Eugenio Pino.

Su declaración fue solicitada tras denunciar que el comisario exjefe de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas –único testigo de la Fiscalía–había incurrido en actuaciones irregulares en diversas investigaciones policiales.

La Sección 15 recuerda en su sentencia que la testifical de Pino fue rechazada por «extemporánea» y por «irrelevante», argumentos a los que se opone porque, según indica, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) prevé que la defensa proponga la prueba testifical en el juicio oral cuando «revelaciones o retracciones inesperadas produzcan alteraciones sustanciales en los juicios, haciendo necesarios nuevos elementos de prueba o alguna sumaria instrucción suplementaria».

Asimismo, afirma que de la declaración de Martín Blas se «desprende la indudable relevancia» del testimonio de Pino.

DECLARA NULO EL JUICIO

Tras recoger varias sentencias del Tribunal Constitucional que explican que la indefensión se da cuando un órgano judicial durante el proceso «impide a una parte el ejercicio del derecho de defensa, privando o limitando su capacidad de ejercitar bien su facultad de alegar y justificar sus derechos e intereses», la Audiencia Provincial acuerda declarar nulo el juicio celebrado y, por tanto, la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid.

Francisco Nicolás Gómez fue condenado a una multa de 4.320 euros, que responde una cuota diaria de 12 euros durante 12 meses por calumnias, y le absolvieron de un delito de injurias contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) interpuso una querella contra el ‘pequeño Nicolás’, por calumnias e injurias por afirmar en noviembre de 2014 en una entrevista al diario El Mundo que su teléfono estaba pinchado de forma ilegal por el propio CNI.

«Me avisaron de que mi teléfono no era seguro y que mi teléfono fue pinchado por el CNI ilegalmente durante dos meses. Luego me arrestaron», dijo el acusado. Posteriormente, en otra entrevista en Telecinco calificó las intervenciones telefónicas de «alegales».

CAUSAS PENDIENTES

El Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid continúa instrucción de las piezas separadas del ‘caso Nicolay‘, que investiga la grabación y difusión de una conversación entre policías y agentes del CNI sobre las diligencias en las que fue detenido Francisco Nicolás Gómez.

El pasado mes de marzo, el anterior titular de este juzgado, Arturo Zamarriego, procesó al ‘pequeño Nicolás’ y a cinco policías –entre ellos excoordinador de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid Emilio García Grande— por un delito de estafa al haberse hecho pasar por un alto cargo del Estado que, a cambio de dinero, resolvía problemas a personas. (EP)

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