Desestiman la petición de recusación de la jueza del "caso de los espías" en Madrid

Un policía condenado a 18 años de prisión por asesinar de 3 tiros a un amigo

21 / 05 / 2017 04:58

En esta noticia se habla de:

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dieciocho años de cárcel a un agente del Cuerpo Nacional de Policía que asesinó de tres disparos, en agosto de 2014, a un amigo suyo que trabajaba como encargado en el bar que ambos regentaban.

Según la sentencia, la Audiencia de Madrid condena al agente como responsable de un delito de asesinato tras ser declarado culpable por un jurado popular.

De este modo, los magistrados consideran probado que el 14 de agosto de 2014 la víctima acudió a la cafetería que regentaba junto al policía, situada en el distrito madrileño de Hortaleza, para comunicarle su intención de dejar su puesto de encargado.

Ya en el interior del establecimiento, que en ese momento no se encontraba abierto al público, ambos mantuvieron una discusión, que el policía zanjó descerrajando tres disparos a su víctima, que se encontraba desarmada y que murió de forma inmediata.

El agente fue detenido dos días más tarde en el colegio mayor Hernán Cortes de Salamanca, donde se había refugiado en su huida, y donde se le intervino la pistola utilizada en el asesinato.

Durante su declaración en el juicio, el policía admitió haber disparado tres tiros a su amigo, uno en el tórax, otro en el abdomen y el último en la espalda.

Sin embargo, alegó que la víctima le intentó arrebatar el arma reglamentaria en el transcurso de una pelea previa, por lo que actuó en legítima defensa, y trató de justificar también su acción con el argumento de que tenía las capacidades alteradas por su adicción a las drogas y por una supuesta enfermedad mental.

La Audiencia de Madrid señala en su sentencia que ni la pelea previa ni su adicción a las drogas han podido ser acreditadas, igual que la alteración psíquica, ya que, según uno de los peritos que le analizaron, «a pesar de los rasgos de personalidad que presenta, sus capacidades y su voluntad no se hallan afectadas».

Por ello no se le han apreciado circunstancias atenuantes del delito, por lo que además de los 18 años en prisión, deberá indemnizar con 145.000 euros a los familiares de la víctima. 

Noticias relacionadas:

«Viva ETA militar»: la consigna etarra en un homenaje a un preso que ha llegado a la Audiencia Nacional

Un inspector de la UDEF reconoce en la AN una «investigación policial sin autorización judicial» contra Bárcenas

Absuelto de un atentado a agente de la autoridad porque el acusado, que no habla castellano, no entendió la palabra ‘policía’

Durán & Durán asesora a la CEP en su denuncia por convertir la Jefatura Superior de Policía de Cataluña en lugar de memoria democrática

Mató a su hermana, pero la Justicia le permite cobrar su seguro de vida porque se considera que lo hizo «sin dolo»

La Ley de Segunda Oportunidad exonera a una deudora de buena fe de pagar 71.594 euros

Lo último en Tribunales

Elisa Mouliaá

Elisa Mouliaá estuvo en Dubai, afirma en el ejercicio de su derecho de rectificación

seguro obligatorio

El TJUE da vía libre a la compraventa de indemnizaciones de tráfico: los «cazacréditos» pueden reclamar, pero no son víctimas

clínica dental

El Supremo deja claro quién debe pagar si cierra una clínica dental y deja al cliente «tirado» con el tratamiento

construcción colegio extremadura administración

El Gobierno de Extremadura, condenado por su propia desidia en la construcción de un colegio: «nadie puede aprovecharse de sus propias torpezas»

José Luis Ábalos

¿Puede Ábalos cobrar la jubilación en la cárcel? El futuro económico del exministro en prisión analizado