9 meses cárcel por amenazar a su ex pareja a través de un funcionario de prisiones

9 meses cárcel por amenazar a su ex pareja a través de un funcionario de prisiones

3 / 07 / 2017 04:58

Actualizado el 03 / 07 / 2017 07:25

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La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a nueve meses de cárcel a un interno de la prisión onubense por amenazar a la que fuera su pareja sentimental a través de un funcionario de prisiones conocido de ambos.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, en su sentencia, estima parcialmente el recurso de apelación presentado por el condenado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 que lo condenaba a 12 meses de prisión por estos hechos, y la reduce en tres meses al aplicarle la atenuante de dilaciones indebidas.

La sentencia mantiene, según el Diario Sur, el resto de sus extremos, como los hechos probados, al no aceptarse la alegación del acusado de una vulneración la presunción de inocencia derivada de la valoración errónea de la prueba obrante en la causa.

Se considera probado que el acusado, condenado mediante sentencia de 20 de junio de 2011 por delitos de maltrato habitual, amenazas a la mujer, incendio, y falta de daños, a la pena de cuatro años y tres meses de prisión, y seis años y seis meses de prohibición de aproximación y comunicación con su ex pareja, se encontraba interno en agosto de 2013 en el Centro Penitenciario de Huelva.

A principios de dicho mes y, a pesar de tener conocimiento de la vigencia de esta pena, el acusado mantuvo una conversación con un funcionario de dicho centro, también amigo de su expareja, en el curso de la cual y con intención de intimidar a ésta, le dijo «dile hola de mi parte mirándole a los ojos» y «la primera vueltecita que me dé cuando salga de aquí será por su casa».

El funcionario puso los hechos en conocimiento de las autoridades competentes iniciándose una nueva causa judicial que terminó con la sentencia del Juzgado de lo Penal 4, considerándolo culpable de un delito de amenazas sobre la mujer con quebrantamiento de condena, concurriendo la circunstancias agravante de reincidencia.

Además de la pena de cárcel, reducida a nueve meses por la Audiencia, se le impone la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y la prohibición de aproximarse a menos de doscientos metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio durante un tiempo de tres años.

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