El Supremo concluye que la Fiscalía podía investigar a la juez Rosell, pero que se excedió

12 / 07 / 2017 19:24

En esta noticia se habla de:

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado nula la investigación preliminar que realizó la Fiscalía a la juez, Victoria Rosell, en noviembre y diciembre de 2015 porque invadió aspectos esenciales del procedimiento disciplinario a jueces y magistrados que está reservado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y vulneró además el derecho de defensa de la magistrada.

El alto tribunal anula, de esta forma, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que consideró que la Fiscalía no tiene competencias para incoar unas diligencias preprocesales en materia disciplinaria a los jueces.

Para la Sala, la Fiscalía sí puede llevarse a cabo ese tipo de investigación siempre que sea muy preliminar y temporalmente se limite a lo estrictamente necesario para determinar si procede o no instar al Consejo General del Poder Judicial la incoación de un expediente disciplinario. 

Por ello, considera que el decreto de inicio de las diligencias preprocesales que la Fiscalía de las Palmas abrió a la magistrada Rosell tras recibir una denuncia anónima fue proporcionado. Sin embargo, anula la investigación porque no se quedó en aspectos preliminares, sino que se excedió e invadió las competencias en materia disciplinaria del CGPJ.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, indica que “las diligencias preprocesales del Ministerio Fiscal no son parte del procedimiento sancionador. Por la propia naturaleza de sus funciones, al Ministerio Fiscal le corresponde el ejercicio de acciones procesales de diversa naturaleza, entre las que se encuentra la de instar la iniciación del procedimiento disciplinario respecto a jueces y magistrados. El Ministerio Fiscal insta de los órganos competentes el ejercicio de la potestad disciplinaria, pero en absoluto pueda afirmarse que la ejerza. Las actuaciones que realice el Ministerio Fiscal para verificar si es procedente el ejercicio de la acción, sólo pueden tener como efecto jurídico externo el eventual  ejercicio de la acción legal correspondiente, instando la iniciación del procedimiento disciplinario”.

El Supremo agrega que ese efecto “en ningún caso puede conectarse con el procedimiento disciplinario como una fase del mismo, como proclama la sentencia recurrida. Cuestión distinta es si en el ejercicio de esta facultad pueden haberse producido extralimitaciones que hayan afectado materialmente derechos fundamentales”, como ocurre en este caso.

Las diligencias preprocesales del Ministerio Fiscal, para el alto tribunal, deben respetar los principios de contradicción, proporcionalidad y defensa y en ningún caso su contenido debe ser de tal naturaleza que pueda condicionar el eficaz ejercicio del derecho de defensa en el ulterior del procedimiento disciplinario. 

Por ello, no podrán tener por objeto acopiar material probatorio, y mucho menos preconstituir prueba que sea característica y elemento sustancial de la fase de prueba del ulterior procedimiento disciplinario.

Debe tratarse, en todo caso, “de una investigación marcadamente preliminar, que debe concordar en forma proporcionada con las competencias exclusivas en materia disciplinaria”, destaca la sentencia.

Denuncia anónima

El fiscal jefe de las Palmas abrió las diligencias procesales a la magistrada el mismo día que en la Fiscalía se recibió una denuncia anónima sobre la existencia de un contrato firmado entre una entidad vinculada a la Unión Deportiva Las Palmas, de la que es presidente el empresario Miguel Ángel Ramírez, y otra empresa, en cuyo nombre actuaba  la pareja sentimental de la magistrada, el periodista Carlos Sosa. 

El objeto de esta investigación era valorar la posible comisión de una infracción disciplinaria por parte de la magistrada al no haberse abstenido en una causa penal abierta en su juzgado por una querella de la Fiscalía contra Ramírez.

El Supremo también discrepa de la sentencia del TSJC en que no hubo vulneración del derecho al sufragio de Victoria Rosell, que en aquella fecha era candidata de Podemos al Congreso de los Diputados, derivada de la actuación de la Fiscalía al emitir una nota informativa sobre las diligencias.

La sentencia destaca que dicha vulneración no existe, entre otras razones, porque la magistrada obtuvo su escaño.

Voto particular discrepante

La sentencia incluye un voto particular discrepante del magistrado Pablo Lucas, al que se adhieren los magistrados José Luis Requero y Pilar Teso, en el que sostiene que la sentencia transforma el artículo 5.3, referido a diligencias preprocesales -claramente penales y, por tanto, no disciplinarias- en fuente habilitadora de facultades de investigación del Ministerio Fiscal en materia disciplinaria sobre los jueces.

En su voto, afirma que la Constitución no encomienda ningún cometido instructor al fiscal en materia de régimen disciplinario a jueces y magistrados, y, de acuerdo con ella, si el Ministerio Fiscal tiene conocimiento de hechos de posible trascendencia disciplinaria imputables a un juez o magistrado, como ocurrió en este caso, la única actuación que le cabe es ponerlos en conocimiento del CGPJ.

Los magistrados discrepantes explican que su discrepancia con la mayoría se debe a que a la condición de mero denunciante del fiscal o, ya dentro del propio procedimiento disciplinario, de defensor de la legalidad, la sentencia añade la de investigador, aunque sea preliminar, de conductas de jueces y magistrados susceptibles de ser corregidas disciplinariamente, apoderándole para llevar a cabo diligencias que la propia Ley Orgánica del Poder Judicial reserva, de manera coherente con la Constitución, al CGPJ.

Noticias relacionadas:

Victoria Rosell también denunciada ante el promotor de la Acción Disciplinaria por el abogado Salvador Alba por acosarle desde redes sociales

Victoria Rosell denunciada ante el promotor de la Acción Disciplinaria por acosar en redes a la firma que ha contratado a Salvador Alba

Victoria Rosell provoca a jueces y abogados con su recogida de firmas a favor de la «presidenta» del CGPJ

Exempleada del hogar de Victoria Rosell al Supremo: la justicia canaria rechaza investigar denuncia falsa

Victoria Rosell insiste en ser vocal del CGPJ tras su regreso como juez y el hundimiento de Unidas Podemos

La pareja de Victoria Rosell se sentará en el banquillo por la presunta comisión de tres delitos contra el exmagistrado Salvador Alba

Lo último en Tribunales

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo