La Audiencia Nacional ratifica que usar la tarjeta de empresa para gastos propios es delito

«Teddy» Bautista y otras 10 personas serán juzgadas por la pieza principal del caso SGAE

4 / 09 / 2017 16:49

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:50

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha procesado a once personas en la pieza principal del caso SGAE (Sociedad General de Autores de España), entre ellas el expresidente de la entidad Eduardo «Teddy» Bautista y el exdirector de la SDAE -filial digital de la SGAE– José Luis Rodríguez Neri.
En un auto de paso a procedimiento abreviado -paso similar al procesamiento en el sumario-, el magistrado propone juzgar además a varios familiares de Neri -su pareja, su hija, su hermana y su cuñada– e imputa a los procesados delitos de pertenencia a asociación ilícita u organización criminal, falsedad en documento mercantil, administración desleal y apropiación indebida.

Según el juez, los procesados pusieron en marcha «una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de SGAE« a la organización comandada por Rodríguez Neri mediante la asignación arbitraria a Microgénesis de decenas de millones de euros, supuestamente para el desarrollo de soluciones tecnológicas, causando «perjuicios y pérdidas constantes» para la sociedad de autores.

El auto, de 129 páginas, relata cómo Bautista, presidente de SGAE, desde 1998, introdujo a Rodríguez Neri y su empresa Microgénesis para abordar líneas de investigación y desarrollo en materia de líneas de tecnologías de la información y las comunicaciones. En el año 2000 se crea SDAE para llevar a cabo la transición de la sociedad de autores hacia un nuevo modelo en esa línea.

“Desde el comienzo SDAE fue concebida como un mero artificio, sin existencia real, con capacidad instalada, sin actividad propia y sin empleados. La única finalidad de SDAE era pues firmar contratos con SGAE para, cada vez con carácter inmediato, ese mismo día, firmar un contrato de idéntico contenido con Microgénesis, burlando el marco estatutario y los mecanismo de control de SGAE”, dice el juez De la Mata.

Añade que no consta que a lo largo de esta relación, que se extendió como un auténtico monopolio desde 1998 a 2011, se realizaran nunca procesos de petición y selección de ofertas de contratación entre SDAE y Microgénesis, ni que la oferta de esta última se hiciera a precio de mercado o contratado con otras, ni de que se siguiera la regla de pedir tres presupuestos que existía en SGAE.

Según el juez, lo hicieron con el objetivo de llevar a cabo la transición de la sociedad de autores hacia un nuevo modelo en esa línea, en el año 2000 se creó SDAE (Sociedad Digital de Autores y Editores).

«Desde el comienzo, SDAE fue concebida como un mero artificio, sin existencia real, con capacidad instalada, sin actividad propia y sin empleados. La única finalidad de SDAE era pues firmar contratos con SGAE para, cada vez con carácter inmediato, ese mismo día, firmar un contrato de idéntico contenido con Microgénesis S.A, burlando el marco estatutario y los mecanismo de control de SGAE«, dice De la Mata en el auto.

Según añade el magistrado, «no consta» que a lo largo de esta «relación», que se extendió como un «auténtico monopolio» desde 1998 a 2011, se realizaran «nunca» procesos de petición y selección de ofertas de contratación entre SDAE y Microgénesis S.A, ni que la oferta de esta última se hiciera «a precio de mercado o contratado con otras», ni de que se «siguiera la regla de pedir tres presupuestos que existía en SGAE«.

El juez detalla otra serie de «presuntas ilegalidades» y explica que esta situación fue «inmediatamente aprovechada por Rodríguez Neri y Ramos Díaz«, quienes «activaron un entramado de sociedades» alrededor de Microgénesis S.A que les permitió la distribución y apropiación de los fondos de SGAE a través de SDAE, de Portal Latino y de otras sociedades del grupo, incluida directamente la propia SGAE en ocasiones.

Y lo hicieron, en palabras del juez, con «la seguridad que les daba el haber montado un sistema cuasi monopolístico, arbitrario e incontrolado de contratación con SGAE a la que, en sus propios términos, tenían atrapada».

La organización criminal, dice el magistrado, se deriva de los indicios de que la finalidad era «enriquecerse de forma sistemática con cargo a fondos de SGAE, mediante la obtención de contratos y otros mecanismos depredatorios».

En cuanto a los delitos de apropiación indebida y administración desleal destaca «un abuso fraudulento de las obligaciones societarias» por parte de los administradores de SGAE, «con la cooperación necesaria de una organización criminal», para dar al dinero» un destino distinto al que correspondía, causando un perjuicio económico evidente a la sociedad.

Perjuicios causados a la SGAE

En su escrito, el juez De la Mata detalla los perjuicios económicos causados a la SGAE. Entre ellos,  que la SGAE pagó a SDAE al menos 57.154.984,40 euros, según datos de la Agencia Tributaría, aunque según la contabilidad fueron 71.700.561,36 euros.

Por ejecutarle los proyectos específicos, 39.552.880,30 €. SDAE también recibió 494.597€ de IBERAUTOR SL y otros importes menores de otras sociedades del Grupo SGAE. Sólo de los fondos de SDAE MICROGENESIS recibió 31.054.784,39 €.

Por su parte, en relación con PORTAL LATINO y mediante facturas por servicios prestados, SGAE ha inyectado 10.370.605,39 €. Entre 2003 y 2006 el dinero procedía directamente de SGAE. En 2007 llegaba a través de SGAE.

Las periciales practicadas en relación con el coste de los desarrollos informáticos, por otra parte (pericial elaborada por expertos de UAM), han evaluado que la diferencia entre las cantidades pagadas por SGAE y el coste estimado de los entregables recibidos a cambio por SGAE, supera los 21.5 millones de euros, que constituirían perjuicios sufridos por el Grupo SGAE como consecuencia de los hechos investigados.

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