El abogado Mazón condenado a pagar 18.000 euros al registrador que sustituyó a Rajoy por dañar su honor
El abogado José Luis Mazón. (La Verdad)

El abogado Mazón condenado a pagar 18.000 euros al registrador que sustituyó a Rajoy por dañar su honor

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19/9/2017 05:56
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Actualizado: 02/8/2018 13:50
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El Tribunal Supremo ha confirmado una condena que la Audiencia Provincial de Murcia impuso al abogado José Luis Mazón, quien deberá indemnizar con 18.000 euros por daños al honor al registrador de la propiedad Francisco Gaspar Riquelme, que sustituyó en esa función al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en Santa Pola (Alicante).

La sentencia señala que la Audiencia Provincial de Murcia declaró que el demandado realizó en 2012 unas declaraciones a sendas publicaciones de esta capital y de Asturias en las que indicaba que sospechaba que ambos registradores podían haber llegado a un acuerdo para que Rajoy continuara percibiendo parte de sus emolumentos como registrador en excedencia en la población alicantina.

El Juzgado de Primera Instancia de Murcia al que correspondió la demanda presentada por Riquelme declaró que las expresiones de Mazón «constituían una intromisión ilegitima en el derecho al honor del aquel, por lo que condenó al letrado murciano a pagarle una indemnización de 30.000 euros por daños morales.

Sin embargo, tras Pun recurso de apelación por el letrado, la Audiencia Provincial de Murcia confirmó la existencia de la intromisión ilegítima, pero rebajó la indemnización a 18.000 euros.

Fue esa sentencia la que ha recurrido el letrado ante el Tribunal Supremo,  donde expuso, entre otras consideraciones, que sus manifestaciones estaban protegidas por el derecho a la libertad de expresión.

El Alto Tribunal dice que el conflicto entre ese derecho y el derecho al honor «debe ser resuelto mediante técnicas de ponderación constitucional teniendo en cuenta las circunstancias del caso, como ha hecho, con absoluta corrección, la sentencia recurrida».

Y añade que «se descalificó al demandante atribuyéndole sin ningún tipo de fundamento conductas socialmente reprochables que podrían llegar a ser constitutivas de infracción penal, que le afectan no solo en la esfera personal, sino en la profesional».

Además, el Supremo ha condenado al letrado al pago de las costas causadas por el mismo.

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