El TSJCat deja la decisión de ordenar cárcel para Puigdemont y su ejecutivo, solicitada por Vox, a las magistradas Armas y Alegret
Las dos magistradas tienen que decidir sobre la petición de cárcel al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y de su vicepresidente Oriol Junqueras. (EP)

El TSJCat deja la decisión de ordenar cárcel para Puigdemont y su ejecutivo, solicitada por Vox, a las magistradas Armas y Alegret

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12/10/2017 06:15
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Actualizado: 12/10/2017 00:06
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La decisión de ordenar el ingreso en prisión del presidente de la Generalitat y su ejecutivo así como de la presidenta del parlamento autonómico y tres miembros de la Mesa, está ahora en el tejado de las magistradas Mercedes Armas y María Eugenia Alegret, las instructoras de las querellas presentadas por la Fiscalía contra dichos aforados, según la decisión tomada ayer por el tribunal de la Sala de Admisión de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat), la cual admitió a trámite al querella  presentada por el partido Vox contra dichos aforados.

«Las diligencias de investigación que se interesan en la querella así como las medidas cautelares. que se solicita y si fueren procedentes, deberán llevarse a cabo y acordarse en el seno de los citados Procedimientos», dicen los magistrados Jesús Barrientos -presidente del TSJCat-, y los magistrados José Francisco Valls y Carlos Ramos, quienes formaron la citada Sala.

Vox había presentado una querella contra Carles Puigdemont y su gobierno autonómico así como contra Carme Forcadell y parte de la Mesa del Parlamento catalán que preside, por los delitos continuados de desobediencia, prevaricación, usurpación de atribuciones y funciones, conspiración para la rebelión, sedición, y malversación de caudales públicos.

Por tratarse de los mismos delitos centrales, la querella de Vox ha quedado acumulada a las instrucciones que dirigen ambas magistradas del TSJCat.

QUERELLA ACUMULADA A LAS DOS EXISTENTES

«Tramitándose en esta misma Sala, las Diligencias Previas 1/2016 y 3/2017 (…) por los mismos o conexos hechos y contra las mismas personas contra las que se dirige la actual querella, en aquello que se refiere a los miembros del Consell de Govern y del Parlament de Catalunya procede su admisión a trámite y doble acumulación a cada uno de aquellos procedimientos que ya se encuentran en fase de investigación», dice el auto.

Auto para descargar: AUTO TSJCat-querella VOX 11 octubre 2017

En concreto «a las diligencias previas 1/2016 las acciones que se dirigen contra la Molt Honorable Sra. Carme Forcadell i Lluis, presidenta del Parlament de Catalunya, contra el Ilustre Sr. Lluís Guino I Subirós, vicepresidente primero, y los/las Ilustres Srs/es. Anna Simó I Castelló y Ramona Barrufet Santacana, secretarias, dada la coincidencia fáctica y. subjetiva de los hechos relatados en la querella ahora admitida y los que están siendo objeto de investigación en aquel procedimiento; y a las diligencias previas 3/2017 las acciones que se dirigen contra los miembros del Consell Executiu del Govern de la Generalitat el Molt Honorable Carles Puigdemont i Casamajó; y los/las Honorables Oriol Junqueras i Vies; Jordi Turull i Negre; Raül Romeva i Rueda; Meritxell Borrás i Solé; Clara Ponsatí i Obiols; Antoni Comín i Oliveres; Joaquim Forn i Chiariello; Josep Rull i Andreu; Lluís Puig i Gordi; Carles Mundó i Blanch; Dolors Bassa i Coll; Santi Vila i Vicente; y Meritxell Serret i Aleu, dada también la coincidencia fáctica y subjetiva de los hechos relatados en la querella ahora admitida y los que están siendo objeto de investigación en tales diligencias previas, todo conforme a lo dispuesto en los artículos 17.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

RECHAZAN LA QUERELLA CONTRA LOS MIEMBROS DE LA SINDICATURA ELECTORAL

El tribunal del TSJCat, por otra parte, ha rechazado la ampliación de querella presentada por Vox contra los 5 miembros titulares de la Sindicatura Electoral de Cataluña (Junta Electoral Central), Jordi Matas Dalmases, Marc Marsal i Ferrer, Josep Bages i Massó,  Tania Vergé i Mestre y  Marta Alsina y Conesa, a los que acusaba de los mismos delitos que a Puigdemont y Forcadell, al no ser aforados y, por lo tanto, no tener la competencia necesaria.

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