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El ‘caso de los ordenadores de Bárcenas’ a juicio

1 / 12 / 2017 12:28

Actualizado el 01 / 12 / 2017 13:05

La titular del Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid, Rosa María Freire, ha acordado la apertura de juicio oral contra el PP y su tesorera, Carmen Navarro, por supuesto delito de daños informáticos en el borrado de los discos duros de los ordenadores del extesorero del partido Luis Bárcenas.

La jueza acuerda también en su auto en el que además abre juicio oral respecto a Alberto Durán Ruiz de Huidobro, asesor jurídico del partido, y José Manuel Moreno Alarcón, director del sistema de información del PP, que al igual que Carmen Navarro también están investigados por delito de encubrimiento.

En el auto, fechado a 30 de noviembre, y al que ha tenido acceso CONFILEGAL, la jueza desestima la petición del PP de que tenga en cuenta la denominada ‘Doctrina Botín’ para evitar que éstos se sienten en el banquillo de los acusados por los delitos de daños informáticos y encubrimiento.

La jueza entiende que hay una «íntima conexión entre los delitos objeto de acusación, los daños informáticos y el encubrimiento, que incluso operarían en concurso ideal, según alguna de las acusaciones».

«Ello impide apreciar en este momento procesal la consideración de la naturaleza estrictamente privada del delito de daños informáticos, y la consiguiente aplicación de la conocida Doctrina Botín», señala en su escrito.

Una doctrina, que entiende que si ni la Fiscalía, ni la acusación particular, en este caso Bárcenas, ejercen acciones contra el acusado, las responsabilidades deben archivarse.

Se da la circunstancia de que Luis Bárcenas se retiró del procedimiento en septiembre del año pasado y que el Ministerio Público ha solicitado el sobreseimiento y archivo de la causa en reiteradas ocasiones por entender que los hechos investigados no revisten relevancia penal.

En su escrito, la jueza da  10 días hábiles a las partes «para que presenten sus escritos de defensa frente a las acusaciones formuladas, proponiendo en su caso las pruebas de que intenten valerse, con apercibimiento de que, de no hacerlo en el plazo indicado, sin perjuicio de las responsabilidad en que pueda incurrirse se entenderá que se oponen a aquéllas y seguirá el procedimiento en curso».

Contra este auto no cabe recurso, «excepto en lo relativo a la situación personal de los acusados, en que cabe recurso de reforma» en el plazo de tres días.

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