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Sobre la especialización en familia de los Juzgados de nueva creación en la Comunidad de Madrid

Sobre la especialización en familia de los Juzgados de nueva creación en la Comunidad de Madrid
Isabel Winkels es la socia directora de Winkels Abogados (www.winkelsabogados.com), despacho puntero especializado en derecho de familia y en derecho de familia internacional.
29/1/2018 06:10
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Actualizado: 29/1/2018 01:18
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El pasado 24 de enero de 2018, el CGPJ acordó atribuir a dos de los juzgados de nueva creación el conocimiento exclusivo de materias relativas al Derecho de Familia: al nuevo juzgado número 7 de Alcalá de Henares y al nuevo número 7 de Fuenlabrada.

El Consejo tiene plena capacidad de acordar tal atribución, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Es indudablemente una magnífica noticia.

Actualmente, había en la Comunidad de Madrid 16 juzgados de familia:

Con estos dos nuevos juzgados especializados en Familia contaremos con un total de 18 en la Comunidad Autónoma de Madrid, los 14 en Madrid capital, 2 en Alcalá de Henares, el de Móstoles, y otro en Fuenlabrada.

Como he dicho, es una magnífica noticia pero no es suficiente: de hecho, se ha creado un segundo juzgado de familia en Alcalá de Henares porque el existente presentaba una situación de colapso nada alentadora.

Revisemos las cifras de asuntos de familia presentados el año 2016:

Es decir, que mientras los jueces de Familia de Madrid capital conocieron una media de 1.210 asuntos el año 2016, la de Alcalá de Henares tramitó 2.181 casos, un 80% más -lo que obviamente, ha motivado la especialización de un segundo juzgado en dicho partido judicial-, y la juez de Móstoles conoció 2.112 asuntos.

De facto, el juzgado de Móstoles acaba de señalar una vista de divorcio para el mes de junio del año 2019.

La demanda había sido presentada el mes de septiembre de 2017, y aunque en ese caso se habían dictado unas medidas previas, el retraso en el señalamiento de una vista principal casi dos años, supone mantener toda una familia en “modo cautelar o provisional”, sin una resolución definitiva.

Más datos: en la Comunidad Autónoma de Madrid, un total de 222 juzgados tramitaban asuntos de Familia el año 2016:

Y el año 2016 se presentaron en Madrid los siguientes procedimientos de familia:

Estos 43.091 asuntos fueron tramitados de la siguiente manera:

Estos 43.091 asuntos fueron tramitados de la siguiente manera:

  • 21.244 asuntos por los 16 Juzgados de Familia, y
  • 21.847 asuntos por los restantes 206 juzgados de la CCAA de Madrid (114 de 1ª Instancia y 92 mixtos)

La ecuación es muy simple: 16 juzgados especializados tramitan el mismo número de asuntos de familia que los 206 juzgados restantes de primera instancia y mixtos.

Bastaría por tanto especializar –ahora que se han creado 2 juzgados nuevos- 14 juzgados de los ya existentes en la Comunidad Autónoma de Madrid, distribuidos por los 21 partidos judiciales existentes, intentando evitar que haya uno por partido para evitar los colapsos existentes en Móstoles y Alcalá de Henares.

De hecho, observemos el mapa de partidos judiciales:

Especializando 4 juzgados en un único partido de la zona norte, en la sur, en la este y en la oeste -con el objeto de facilitar la rotación en el reparto- se agilizaría la tramitación de esta clase de asuntos que tanta trascendencia tienen para la sociedad en general, y bastaría para ello con una simple reforma en las normas de reparto y en la Ley de Enjuiciamiento Civil, similar a la que se articuló el año 2015 cuando se creó el artículo 778 quáter 2, que precisó que para la tramitación de procesos de restitución de menores en casos de sustracción internacional:

“2. … será competente el Juzgado de Primera Instancia de la capital de la provincia, de Ceuta o Melilla, con competencias en materia de derecho de familia, en cuya circunscripción se halle el menor que haya sido objeto de un traslado o retención ilícitos, si lo hubiere y, en su defecto, al que por turno de reparto corresponda. El Tribunal examinará de oficio su competencia.”

La media de tramitación de asuntos de familia por parte de los Juzgados de Familia de Madrid capital está en 6/8 meses, y cuentan con un fiscal que está siempre presente en las vistas, y con un Equipo Psicosocial adscrito.

De hecho, es difícil ver un fiscal en los procedimientos de familia que se celebran en cualquiera de los 206 juzgados no especializados de Madrid, y ello por una simple cuestión de imposibilidad física, ya que no hay fiscales suficientes como para recorrer diariamente los 21 partidos judiciales y estar presentes en todas las vistas.

Con esta especialización agrupada, tendríamos asegurada la presencia del fiscal en cada juicio, y creo que les facilitaría sensiblemente la vida.

Y en cuanto al Equipo Psicosocial …¿qué voy a decir?

¡¡Es demasiado frecuente ver cómo tardan en citar a las familias para su evaluación un año, año y medio, y hasta dos años!!

Y esas familias se encuentran en el ínterin en “modo cautelar”, a la espera de que se resuelvan sus vidas.

Especializado juzgados en partidos judiciales concretos se facilita la agrupación de los Equipos que están disgregados por la geografía madrileña, se facilitaría sensiblemente la posibilidad de crear “salas amables” para las exploraciones de los hijos, al margen de crear otras figuras, otros “ayudantes del juez”, como defensores del menor, o coordinadores de parentalidad, lo que será objeto de otro artículo.

Con esta agrupación de juzgados en cinco zonas de Madrid, además, obviamos uno de los inconvenientes que oponen los contrarios a la especialización de juzgados: la proximidad del justiciable al juzgado.

Evidentemente, muchos ciudadanos tendrán que desplazarse a un juzgado de familia de una localidad distinta de la suya, pero será a una cercana, y seguro que si le preguntamos prefiere tener una resolución a su crisis familiar rápida y especializada, aunque tenga que desplazarse algunos kilómetros de su domicilio.

Esta solución está planteada para los Juzgados de la Comunidades Autónomas de Madrid, pero es fácilmente traspolable a las restantes Comunidades Autónomas, que se encuentran con los mismos problemas de falta de especialización.

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