El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que investiga la causa del ‘procés’, ha confirmado su decisión de denegar a Oriol Junqueras y Jordi Sànchez el permiso para acudir al Parlament, y la de permitirles delegar su voto, en respuesta a un recurso de los afectados.
De este modo, ni Junqueras ni Sànchez podrán asistir mañana a la sesión de investidura del candidato a presidente de la Generalidad que está prevista en el Parlamento catalán.
La decisión se explica en un auto en el que el magistrado rechaza los recursos presentados por las defensas de Forn y Sánchez, y a los que se adhirió Junqueras, contra la resolución por la que el pasado 12 de enero se les impidió asistir a la sesión de constitución de la cámara catalana. En ese auto, el propio magistrado acordó que correspondía a la Mesa del Parlamento arbitrar el procedimiento para que pudieran delegar sus votos en otro diputado, mientras subsistiese su situación de prisión provisional.
Sin embargo, Joaquim Forn, que también estaba afectado por las medidas adoptadas y recurridas, ha renunciado a su acta de diputado, por lo que queda ahora fuera del auto.
También les recuerda que su actuación social y política «resulta inconciliable» con el permiso que reclaman, justificando así la desestimación del recurso.
El magistrado insiste en que existe aún riesgo de reiteración delictiva y por ello no pueden obtener los permisos reclamados. En su escrito señala que «la persistencia y reiteración delictiva que trata de conjurar la medida cautelar de prisión provisional» se vería afectada si se permitiera salir a Junqueras y Sànchez.
Tras su notificación de hoy, la negativa de Llarena podrá ser recurrida ante una instancia superior (la Sala de lo Penal del Supremo).
Movilizaciones ciudadanas violentas
El juez también rechaza que Junqueras y Sánchez puedan acudir mañana al Parlament argumentado que existe » la posibilidad de que su liderazgo volviera a manifestarse con movilizaciones ciudadanas colectivas violentas y enfrentadas al marco legal de nuestra convivencia».
Vuelve a insistir en este punto que las decisiones sobre la situación personal de los querellados «no suponen la criminalización del proyecto político independentista» y que lo que se persigue en la causa que él instruye «no son ni los proyectos políticos, ni mucho menos las ideas que los animan, sino la ejecución de un proceso delictivo concertado desde las instituciones autonómicas catalanas, con la colaboración de entidades civiles».
El proceso, según resume Llarena en su auto, consistió en la aprobación de diferentes normas y la aplicación de políticas, presupuestos y actuaciones orientadas a la segregación unilateral de Cataluña del resto del Estado, prescindiendo del ordenamiento jurídico y de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional que m declaró la inconstitucionalidad de todo ello.
Además, apunta el magistrado, en este proceso se incluyó la celebración de un referéndum que fue declarado ilegal «y cuya materialización precisó una movilización ciudadana, impulsada por los autores del delito, que desembocó en varios episodios previsibles y altamente probables de violencia y tumulto».