Nueva sentencia del Supremo: El Servicio de Inspección del CGPJ no puede organizar los señalamientos
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02/2/2018 15:08
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Actualizado: 02/2/2018 15:08
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Es la segunda sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el mismo sentido en un cortísimo espacio de tiempo y la tercera desde 2.015. Y todas dicen lo mismo: El servicio de inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no tiene competencia para ordenar los señalamientos de un órgano judicial.
El tribunal que ha emitido el fallo es la misma que el anterior, la Sección Sexta de la Sala Tercera, y con los mismos componentes: Luis María Díez-Picazo (presidente de la Sala), Jorge Rodríguez Zapata, José Manuel Sieira, Nicolás Maurandi, y Pedro Yagüe, también en este caso ponente.
En este caso los recurrentes han sido Pablo González Grijalvo, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 15 de Madrid, y Foro Judicial Independiente (FJI), que apelaron al Alto Tribunal después de que el Servicio de Inspección obligara al magistrado a aumentar el número de señalamientos de su juzgado porque consideraba que trabajaba poco, a pesar de estar por encima del módulo de dedicación.
Igual que la que Confilegal publicó ayer, en un caso muy parecido de dos magistrados igualmente de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, esta confirma que los señalamientos es una competencia exclusivamente jurisdiccional, sin que el Servicio de Inspección del CGPJ pueda dar instrucción ni orden alguna sobre tal competencia exclusiva del juez.
Y nuevamente, igual que el fallo mencionado, el tribunal afirma que el magistrado inspeccionado no debió ser objeto de orden alguna, sino de felicitación por superar los módulos de dedicación que fija el propio CGPJ.
SENTENCIAS QUE SIENTAN JURISPRUDENCIA
Las tres sentencias han sentado así una clara jurisprudencia en este terreno, que ha quedado vedado para el Servicio de Inspección del CGPJ.
De acuerdo con FJI, «el CGPJ se mantiene en su error de obsesionarse sólo en el número de sentencias que salen al año, sin preocuparse de la calidad de las mismas ni de las consecuencias que el sobreesfuerzo mantenido tiene en la salud laboral de los integrantes de la carrera judicial. Nuestro máximo órgano de gobierno es el peor virus para nuestra salud».
FJI se ratifica en que las dos únicas vías para proteger los intereses del colectivo de jueces y magistrados, frente al CGPJ y al Gobierno, que han dado «la espalda a la carrera judicial», son » los Tribunales y la unidad de acción asociativa. A continuar en la misma línea nos comprometemos ante toda la carrera, optimizando nuestros escasos recursos en acciones como la de este comunicado y sin asumir protagonismos innecesarios que debiliten los muchos frentes que afrontaremos en los próximos meses».
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